Contratacion del servicio de lavanderiapor el periodo de doce meses



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ASES


ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0727S00021

CONTRATACION DEL SERVICIO DE LAVANDERIAPOR EL PERIODO DE DOCE MESES”




  1. GENERALIDADES





ENTIDAD QUE CONVOCA
1.1 Seguro Social de Salud (ESSALUD) – Red Asistencial Junín, con domicilio legal en la Av. Independencia Nº 296 El Tambo – Huancayo RUC 20131257750
OBJETO


    1. Contratar el Servicio de Lavandería para los Centros Asistenciales de la Red Asistencial Junín, por el período de DOCE (12) meses, contados a partir de la suscripción del contrato derivado de la presente Adjudicación Directa Selectiva, de conformidad con las presentes Bases.

  • Hospital IV Huancayo

  • Hospital II La Oroya (Centros Asistenciales de Morococha, San Cristóbal, Mahr Túnel, Junín, San Pedro de Cajas, Pachacayo)

  • Hospital I Tarma

  • Hospital I La Merced

  • Hospital I Río Negro - Satipo


FINALIDAD
Asegurar el servicio oportuno de lavandería para los Centros Asistenciales de la Red Asistencial de Junín, el cual es un rubro que se encuentra considerado como Servicio Crítico del Seguro Social de Salud y como tal resulta ser un elemento imprescindible para que cumpla con una de sus finalidades que por Ley le corresponde como es de brindar un mejor servicio de salud a sus asegurados y derecho habientes.
VALOR REFERENCIAL Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO


    1. El Valor Referencial total es de S/. 429,715.00 (Cuatrocientos Veintinueve Mil Setecientos Quince con 00/100 Nuevos soles) incluido I.G.V. financiado con recursos propios. Calculado al mes de Marzo del 2007.




    1. El valor referencial por kilogramo es de ropa seca lavada, planchada y doblada se establece en el ANEXO 02




    1. SISTEMA DE ADQUISICION

1.6 Este proceso de selección se rige por el sistema de precios Suma Alzada.


REGISTRO DE PARTICIPANTES Y CALENDARIO DEL PROCESO
1.7 El postor que desee intervenir como participante deberá registrarse: para tal efecto pagará en efectivo un derecho para el presente proceso la suma de S/. 20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles) cancelable de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas en la Ventanilla de la División de Finanzas, sito en la Av. Independencia N° 296, El Tambo – Huancayo. El calendario se encuentra indicado en el Anexo 1.
REQUISITOS PARA SER POSTOR
1.8 Haber adquirido las Bases a nombre del postor que participa en el proceso.

    1. No estar incluido en el Registro de Proveedores Inhabilitados para contratar con el Estado.

    2. No estar comprendido en ninguno de los impedimentos señalados en el Art.9 del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM “Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado”.

    3. Los requisitos para la presentación de ofertas en consorcio se regirán de acuerdo al artículos 37° del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Directiva N° 003-2003- CONSUCODE / FRE. Disposiciones complementarias para la participación de postores en consorcio en las Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Resolución del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado N° 063- 2003- CONSUCODE / FRE




2. BASE LEGAL




    1. La Base Legal está constituida por:

  • Ley N º 26790 Ley de Modernización de la Seguridad Social

- Ley N º 27056 Ley de Creación del Seguro Social de Salud

- Ley No 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto 2007 Ley N° 27268 Ley General de la Pequeña y Microempresa

  • Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General

  • Ley Nº 28425 Ley de Racionalización de los Gastos Públicos 2007

  • Ley N° 27588 Ley que Establece Prohibiciones e incompatibilidades de Funcionarios y Servidores Públicos.

  • Ley N° 27626 Ley que regula la Actividad de las empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores.

  • Decreto Supremo N° 003-2002-TR . Establecen disposiciones para la aplicación de las Leyes N° 27626 y 27696 que regulan la Actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores.

  • Ley N° 27633 Modifica la Ley N° 27143 "Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional"

- Decreto de Urgencia N º 064-2000 Modifican la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional.

- Decreto de Supremo N º 003-2001-PCM Establecen disposiciones para la aplicación del D.U. N º 064-2000, sobre calificación técnica y económica obtenida por postores de bienes y servicios elaborados dentro del territorio nacional.

- Decreto de Urgencia N º 083-2001 Prorrogan vigencia del D.U. Nº 064-2000, que modificó artículo único de la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional.

- Decreto Supremo N° 030-2000-ITINCI Reglamento de la Ley General de la Pequeña y Microempresa.

- Decreto Legislativo N º 295 Código Civil



  • Decreto Legislativo 728 Ley de Fomento al Empleo

  • Decreto Supremo N º 001-96-TR, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Fomento al Empleo.

- Decreto Supremo N° 083-2004-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado 26850

- Decreto Supremo N° 084-2004-PCM Aprueba el Nuevo Reglamento de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. y Deroga el Decreto Supremo Nº 013 –2001 – PCM de fecha 12.02.2001

- Resolución N º 080-2000-CONSUCODE/PRE Que aprueba la Directiva Nº 006-2000-CONSUCODE, que establece pautas para la presentación de garantías.

- Resolución Nº 126-2000-CONSUCODE/PRE Modifica el anexo de la Directiva N º 006-2000-CONSUCODE, que contiene la relación actualizada de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguros para otorgar cartas fianza y/o pólizas de caución.

- Resolución Nº 063-2003-CONSUCODE/PRE Que aprueba la Directiva No.003-2003-CONSUCODE sobre disposiciones complementarias para la participación de postores en consorcios sujetos a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento”

- Resolución Nº 114-2001-CONSUCODE/PRE Que aprueba la Directiva N º 013-2001-CONSUCODE/PRE que establece procedimiento para remisión de actuados de las observaciones formuladas a las bases de procesos de selección que no hayan sido acogidas por los Comités Especiales.



  • Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CG Modifican diversas Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público.

  • Acuerdo Nº 3-3E-ESSALUD-2005 Topes para determinación de Procesos de Selección contemplados en la ley de Contrataciones y Adquisiones del Estado




  1. CONVOCATORIA, CONSULTAS Y OBSERVACIONES




    1. La convocatoria se realiza mediante invitación cursada a 3 postores utilizando cualquier medio de comunicación escrito, incluyendo el correo electrónico.

Asimismo se notificará a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa-PROMPYME y al Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE.


    1. El calendario previsto del proceso de selección se detalla en el Anexo 1.




    1. Los adquirientes de Bases podrán formular consultas o solicitar la aclaración de cualquiera de sus extremos, o plantear solicitudes respecto a ellas, por escrito dirigidas al Comité Especial, en el lugar, fecha y horario indicados en el aviso de convocatoria, utilizando el formato del Anexo 21.




    1. El Comité Especial absolverá las consultas, aclarará las Bases o se pronunciará sobre las solicitudes, según corresponda, mediante un pliego absolutorio que, debidamente fundamentado y sustentado, se hará de conocimiento de todos los adquirientes de Bases en forma simultánea y quedará a disposición de éstos en el lugar indicado en el aviso de convocatoria. Las respuestas y aclaraciones a las Bases se consideran como parte integrante de éstas y del contrato. Al absolver las consultas, el Comité Especial no podrá exigir requerimientos mayores ni distintos que los originalmente establecidos en las Bases.




    1. Los adquirientes de Bases simultáneamente a la presentación de consultas, mediante escrito debidamente fundamentado podrán formular observaciones a las Bases, las que deberán versar sobre el incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el Artículo 25° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado o de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado, las que serán presentadas al Comité Especial en el lugar, fecha y horario indicados en el Anexo 1, utilizando el formato del Anexo 21




    1. El Comité Especial evaluará las observaciones presentadas en un plazo máximo de tres (03) días hábiles y, de ser el caso, las acogerá, comunicando a todos los adquirientes la corrección a que haya lugar al día siguiente de adoptada la decisión.




    1. En caso que el Comité Especial no acoja las observaciones formuladas, estas serán elevadas al CONSUCODE junto con un informe técnico, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes de vencido el término para evaluarlas, el mismo que resolverá en última instancia, en un plazo máximo de tres (03) días hábiles. EL CONSUCODE notificará su pronunciamiento al Comité Especial dentro del día hábil siguiente de emitido.




    1. Las observaciones no acogidas obligan al adquiriente de Bases observante al pago de la Tasa que por dicho concepto prevé el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del CONSUCODE, y al Comité Especial a elevar las mismas al citado organismo, de acuerdo al siguiente procedimiento:




  1. Dentro de las veinticuatro (24) horas de adoptado el acuerdo de no acoger las observaciones, el Comité Especial notificará al adquiriente de Bases observante para que cumpla con cancelar la tasa correspondiente.




  1. El adquiriente de Bases observante debe cumplir con el pago de la tasa y remitir al Comité Especial el comprobante de pago dentro de las cuarentiocho (48) horas de notificado. El procedimiento para cumplir con este requisito se detalla en la Directiva Nº 013-2001-CONSUCODE/PRE del 05.07.01.




  1. En caso que el adquiriente de Bases observante no cumpla con cancelar el monto de la tasa a su cargo dentro del plazo establecido o no remita oportunamente el mencionado comprobante, el Comité Especial tendrá por no presentada su observación.




    1. Una vez acogidas las observaciones, o si éstas no hubiesen sido presentadas dentro del plazo indicado, o al día siguiente de haber sido notificado el pronunciamiento del CONSUCODE, las Bases serán integradas por el Comité Especial, quedando como reglas definitivas del proceso y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, sin perjuicio de lo que eventualmente resuelva el Tribunal a raíz de una impugnación.

La integración de las Bases se debe notificar en forma simultánea, tanto a los adquirientes de Bases como al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el supuesto que éste hubiera emitido pronunciamiento, al día siguiente de producida la integración.


    1. Contra el pronunciamiento del CONSUCODE, no cabe la interposición de recurso alguno.

3.11 El adquiriente de Bases se adhiere al proceso de selección en el estado en que éste se encuentre.


3.12 El Comité Especial por causas debidamente sustentadas, podrá prorrogar o postergar las etapas del proceso de selección, comunicando en forma oportuna a la Entidad y a todos los que adquirieron las Bases.



4. CONDICIONES DE CARÁCTER TECNICO – ECONOMICO





    1. CONDICIONES TECNICAS

En cualquier estado del proceso, y aun después de haber otorgado la Buena Pro y firmado el contrato, se podrá descalificar o resolver el contrato al postor que haya presentado información que no se ajuste a la verdad (documentación falsificada y/o adulterada), sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales que hubiere lugar.


El Comité Especial podrá solicitar aclaración y/o ampliación de la información presentada, así como efectuar visitas a los locales de los postores con fines de verificar alguna información consignada en la propuesta.
ESSALUD tiene la facultad de ampliar o disminuir las presentaciones del servicio en las mismas condiciones técnico –económicas presentadas por el postor, según sus necesidades y dentro de los límites establecidos en el Reglamento y la Ley de Contataciones y Adquisiciones del Estado y su norma reglamentaria.
PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA
4.2 Las propuestas, en su aspecto Técnico y Económico, tendrán vigencia hasta que quede consentido el otorgamiento de la Buena Pro. Para el caso del postor adjudicado con la Buena Pro y el que ocupe el segundo lugar, la vigencia se prolongará hasta la suscripción del contrato.
REQUERIMIENTO Y ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO
4.3 El Cuadro de Requerimientos del servicio se indica en el Anexo 2, el postor obligatoriamente deberá presentar una oferta integral, es decir que incluya a todos los Centros Asistenciales. No se considerarán ofertas que no cumplan esta condición.


    1. Las cantidades requeridas en el Anexo 2 podrán variar en +/- 30%, es decir el proveedor está obligado a atender hasta el 130% de la cantidad referencial, mientras que EsSalud está obligado a adquirir como mínimo el 70% de la misma.




    1. Las Especificaciones Técnicas referidas a la prestación del servicio a contratar se detallan en el Anexo 3 y son condiciones o características básicas de cumplimiento obligatorio, por tanto, las propuestas pueden superarlas.


CONDICIONES BÁSICAS PARA GARANTIZAR LA PRESENTACIÓN DEL SERVICIO
4.5 El contratista está obligado a brindar todo tipo de facilidades para que EsSalud, cuantas veces lo considere necesario, por sí o por terceros, efectúe inspecciones (físicas o documentarías) en los locales o instalaciones donde se pueda verificar el cumplimiento del compromiso adquirido para la prestación del servicio contratado.

Se levantará un Acta consignando las inspecciones y verificaciones realizadas, así como los resultados obtenidos. Dicha Acta deberá ser firmada por representantes de EsSalud y del contratista.


4.6 De incumplir el contratista con sus obligaciones, EsSalud podrá contratar los servicios de terceros de acuerdo a la normatividad vigente.
4.7 El contratista es el único responsable ante EsSalud de cumplir con la prestación del servicio contratado, que le son adjudicados en las condiciones establecidas por las presentes Bases, no pudiendo transferir esas responsabilidades a otras entidades o terceros en general.


    1. Durante la ejecución del contrato, el contratista deberá mantener vigente su inscripción en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan actividades de Intermediación laboral.




    1. El contratista asume plena autonomía técnica y la responsabilidad para el desarrollo de sus actividades.




    1. Los trabajadores destacados a EsSalud para la prestación de los servicios no mantendrán vínculo laboral con éste, sino con el contratista; en esa medida, el pago de las remuneraciones, reconocimiento de derechos laborales y otorgamiento de los beneficios sociales establecidos en el régimen laboral de la actividad privada, será responsabilidad exclusiva del contratista.

Sin perjuicio de ello, y en la medida que EsSalud se convierte en responsable solidario del pago de los derechos laborales adeudados por el contratista a los trabajadores destacados, si la fianza otorgada por éste para garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social de dichos trabajadores resulta insuficiente; EsSalud está facultado para verificar en cualquier momento el cumplimiento de dichas obligaciones por parte del contratista o, solicitar una inspección especial de la Autoridad Administrativa de Trabajo de conformidad con el artículo 35º del Reglamento de la Ley General de Inspecciones de Trabajo y Defensa del Trabajador, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-TR.


CONFORMIDAD DEL SERVICIO
4.11 La conformidad se sujeta a lo dispuesto en el Art. Nº 233° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
La conformidad del servicio será extendida por el (e ) de Lavandería y la Oficina de Administración RAJ en el Hospital IV Huancayo, y en los Centros Asistenciales El Administrador y/o Director o quien haga sus veces, a su vez refrendado para todas las conformidades por el encargado de la Unidad de Mantenimiento y Servicios Generales, con supervisión de la División Ingeniería Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial Junín, tomando en cuenta el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Calidad

La Prestación del Servicio reúne las condiciones fijadas en la Propuesta Técnica finalmente adjudicada.



- Cantidad

El servicio se realiza conforme a los requerimientos.



- Oportunidad

El servicio se realiza dentro de los plazos y horarios establecidos.



- Lugar

El servicio se realiza en los lugares fijados por EsSalud.


Los Centros Asistenciales de la Red Asistencial tienen la obligación y el derecho de supervisar y controlar periódicamente que la calidad del servicio se efectúe ciñéndose estrictamente a los términos establecidos en las Especificaciones Técnicas.
La conformidad del servicio no invalida el reclamo posterior por parte de ESSALUD por defectos o vicios ocultos, inadecuación a las Especificaciones Técnicas u otras anómalas no detectables o no verificables en la prestación del servicio.
CONDICIONES DE CARÁCTER ECONOMICO
4.12 Los precios ofertados en la presente Adjudicación Directa Selectiva serán a todo costo e incluirán el IGV. Los precios se cotizaran en nuevos soles. EsSalud no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
4.13 EsSalud deducirá el 15% del monto mensual facturado (incluido I.G.V) por la asignación en cesión de uso de su infraestructura, electricidad y equipos en los Hospitales IV Huancayo y Hospital II La Oroya, respectivamente.
FORMA DE PAGO


    1. Para el pago por la prestación del servicio, se considerará un plazo máximo para el pago de la factura por parte de la División de Finanzas de Red Asistencial Junín - EsSalud, el cual se realizará a la presentación de la documentación pertinente luego del plazo de diez (10) días calendarios como máximo de la recepción del Expediente de Pago, el cual debe contener:




  • El PECOSER con la conformidad debidamente otorgada por las Areas competentes (Numeral 4.11).

  • Factura: Original, SUNAT y una copia.

- Orden de servicio ( original y copia )

  • Declaración Jurada sobre cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social de los trabajadores destacados a Essalud ( original ) anexo 20.

  • Copia Comprobante de pago de Aportación


5. FORMA DE PRESENTACION DE PROPUESTA
5.1 Cada propuesta será formulada en idioma español y presentada en dos (02) sobres cerrados:

- Propuesta Técnica (Sobre Nº 1)

- Propuesta Económica (Sobre Nº 2)
Los sobres llevarán la inscripción: ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0727S00021, la identificación de cada sobre y el nombre o razón social del postor.


      1. Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas se presentarán en idioma español, o en su defecto, acompañados de traducción oficial .El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Se considerará información esencial, aquella información necesaria, relevante e indispensable que pone de manifiesto las características del producto ofertado.
Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.


5.3 En el caso de “Ofertas en Consorcio “, las propuestas técnicas y económicas deberán ser suscritas y rubricadas por él o los representantes del consorcio.
SOBRE Nº 1 (PROPUESTA TÉCNICA)
5.4 Deberá presentarse en original y dos fotocopias, conteniendo:


  1. Índice de Documentos (original)


b) Declaración Jurada sobre Información Empresarial (original) Obligatorio

Según el modelo del Anexo 5.


c) Declaración Jurada Simple (original), obligatorio

Según el modelo del Anexo 6.


d) Declaración Jurada de acreditación de ser Pequeña o Microempresa, de ser el caso. Según modelo del Anexo 7.
e) Propuesta Técnica

Obligatorio, deberá considerar las condiciones y características técnicas señaladas en el Anexo 3; Asimismo deberá informar lo siguiente:



  • Proceso y control de calidad del lavado

  • Manual de Normas de Bioseguridad

- Programa de Capacitación del personal.

  • Soporte técnico de personal: relación del personal que ocupe los cargos establecidos y curriculum vitae documentado según Anexo 8. Así mismo se pide adjuntar Declaración Jurada de aceptación de cada personal.

  • Descripción de la organización laboral del postor.

  • Capacidad instalada del postor, señalando ubicación y descripción de su patrimonio inmobiliario en las ciudades donde presta servicios de lavandería. Así mismo, adjuntar relación de equipos propios de lavandería que cuenta el postor, adjuntando copia de Contrato y/o facturas de compras o alquiler por dichos equipos referente a la Infraestructura adjuntar Licencia de Funcionamiento, Ficha Registral de propiedad y/o contrato de alquiler.

  • Compromiso del postor en instalar equipamiento mínimo requerido para los Hospitales Tarma, La Merced y Satipo, según formato del Anexo 4-A

  • Equipamiento mínimo que debe proponer el postor para situaciones de emergencia para el Hospital IV Huancayo según el modelo del Anexo 9.

  • Capacidad de atención del servicio (kg. de ropa/día):

- Programa de Capacitación del personal.
f) Documentos que acrediten prestaciones relacionadas con el objeto de la convocatoria (copia simple)
Contratos, Facturas u Ordenes de Servicio con entidades públicas y/o privadas referidas a la prestación del servicio similar al objeto de la convocatoria, con una antigüedad no mayor de cinco (05) años. En caso de presentarse facturas, éstas no deberán estar ligadas a los contratos presentados. No se aceptaran Declaraciones Juradas.


  1. Pacto de Integridad (Original) Obligatorio Según modelo del Anexo 10.

El Comité Especial procederá a firmar este documento durante la revisión de los sobres de la Propuesta Técnica.
h) Promesa formal de Consorcio (original)

(Sólo para el caso de postores que participen en consorcios con otros). Según modelo del Anexo 12.

Suscrito por cada no de los representantes legales, en caso de personas jurídicas, o directamente si se trata de personas naturales
i) Declaración Jurada de servicios prestados en el país (original).

Según modelo del Anexo 16



j) Constancia de Inscripción Vigente en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación Laboral expedida por la Autoridad Administrativa de Trabajo. Obligatorio

Sólo para destaque de personal de la empresa a las Instalaciones de los Centros Asistenciales de la Red Asistencial Junín que se detallan en el Anexo N° 2.



  1. Declaración Jurada de no tener sanción vigente en el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado según modelo Anexo N° 22 ( original )

m) Declaración Jurada de Fiel cumplimiento de Contrato .Anexo N° 23

n) Copia de constancia de estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores. (Obligatorio).

l) Declaración Jurada de Capacidad Instalada – Obligatorio

Información Mínima de Infraestructura y Equipo disponible - Según Modelo del Anexo 9


SOBRE Nº 2 (PROPUESTA ECONOMICA)
5.5 Deberá presentarse en original y 2 (DOS) fotocopias, conteniendo:
a) Hoja de Propuesta Económica (original)

La propuesta económica se presentará en nuevos soles, según el modelo del Anexo 13, se especificará el precio por Kilogramo de Ropa Seca Lavada y Planchada, monto mensual y total de la oferta, la cual será a todo costo e incluirá los impuestos de ley. Se considerará como máximo 2 (DOS) decimales.



6. EVALUACION DE PROPUESTAS Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

6.1 La evaluación de propuestas y otorgamiento de la buena Pro se efectuará en acto privado por el Comité Especial de acuerdo a lo establecido en el articulo 91 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Asimismo se notificará a PROMPYME y a CONSUCODE.

6.2 El Comité Especial está facultado a verificar in situ, la infraestructura física, instalaciones y equipos que presenta la empresa postora en el Anexo 09, utilizando el modelo de Acta de Verificación de Equipos según formato del Anexo N°24.

6.3 Si como resultado del proceso de verificación in situ existe incumplimiento por parte del postor a que hace referencia el numeral 6.2 de las bases, el postor será descalificado.

6.4 Para la evaluación de las propuestas, el Comité Especial contará con el apoyo de la División de Ingeniería Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial, así como podrá contar con el asesoramiento de profesionales de Essalud o de expertos independientes.

6.5 La evaluación y calificación de las propuestas técnicas y económicas considerará los factores descritos en el anexo N° 14. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo admisible establecido en el mencionado anexo, serán descalificadas y rechazadas.

Se abrirá las propuestas económicas sólo de aquellos postores que hayan aprobado la evaluación técnica.


    1. La buena Pro se otorgará a la propuesta que obtenga el mejor costo total, el cual equivale al mayor puntaje total.

    2. Las propuestas que excedan en más de diez por ciento (10%) y las que fueren inferiores al setenta por ciento (70%) del valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial

    1. En el supuesto que dos o más propuestas empaten, el Otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente el artículo N° 133 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.

6.9 La notificación del otorgamiento de la buena pro se hará a todos los postores participantes en el proceso, al PROMPYME y al CONSUCODE.


7. CONTROVERSIAS

Las controversias que ocurran en la etapa del proceso de selección se ajustarán su aplicación a la Ley y El Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias.




8. CONTRATOS

8.1 Consentido el otorgamiento de la Buena Pro o cuando éste haya quedado administrativamente firme, el Representante Legal del postor adjudicado, debidamente autorizado con poder suficiente, deberá cumplir con la suscripción del respectivo contrato, según proforma del Anexo 18. Para tal efecto, se le citará con cinco (05) días hábiles de anticipación, señalando una fecha que no podrá exceder a los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que quedó consentido el otorgamiento de la Buena Pro o cuando éste quedó administrativamente firme. En caso que el postor ganador no se presente en el día previsto, será de aplicación lo establecido en el artículo 203°, numeral 2, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.


8.2 Antes de la suscripción del contrato, el postor al que se le hubiere adjudicado la buena pro, deberá entregar lo siguiente:


  1. Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, según anexo 22

b) Garantías

Declaración jurada de fiel cumplimiento del contrato: a través del cual el contratista se obliga a cumplir con las obligaciones que le corresponden, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. Según Anexo 23
- Adicional por el Monto diferencial de la propuesta: En caso que la propuesta económica adjudicada fuese inferior al valor referencial en más de un 10%, la empresa beneficiada con la Buena Pro deberá entregar una garantía equivalente a la diferencia existente entre el valor referencial y el monto de la propuesta económica, debiendo mantenerse vigente hasta la aprobación de la liquidación final.
c) Pacto de Integridad (original), según el modelo del Anexo 25. Firmado y sellado por el Representante Legal de la empresa adjudicada.


  1. Póliza de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo por salud, invalidez y muerte a favor del personal del postor adjudicado con la buena pro, con vigencia hasta la finalización del contrato. Se adjuntará copia legalizada de la factura que acredite haber pagado la prima y la relación de los Trabajadores. O el postor adjudicado con la buena pro , deberá presentar como mínimo el contrato de afiliación al seguro complementario en cumplimiento al D.S. 003-98, toda vez que este personal por primera vez brindara los servicios en una entidad de Salud, la cual será considerada para suscribir el contrato.




  1. Copia del Contrato de formalización de consorcio, perfeccionado mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de sus representantes legales ante Notario Público, designando en dicho documento al representante o apoderado común. (Sólo para el caso de postores que participen en consorcio).




  1. Si fuere adjudicado con la buena pro por primera vez en los procesos de selección de ESSALUD, deberá presentar obligatoriamente la documentación del Anexo 11.




    1. ESSALUD previo a la suscripción del contrato, verificará las Declaraciones Juradas presentadas por el proveedor ganador en el proceso de selección.




9. PENALIDADES Y SANCIONES



PENALIDADES

    1. Al contratista que incurra en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, automáticamente se le aplicará por cada día calendario de retraso, una penalidad por mora hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato, luego de lo cual la Gerencia Administrativa de la Red Asistencial podrá resolver el contrato en forma parcial o total por incumplimiento mediante carta notarial, ejecutando en lo que corresponda, la garantía de fiel cumplimiento del contrato o la garantía adicional (de ser el caso) sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pudiera exigirse, comunicando asimismo este hecho al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

La penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:


Penalidad Diaria = 0.10 x Monto del Contrato

F x Plazo en días

Donde : F = 0.25

Plazo = (365 días)


Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final.
SANCIONES


    1. De detectarse en cualquiera de las etapas del proceso de selección o durante la ejecución del contrato, la adulteración o falsificación de documentos, se procederá según sea el caso:




  1. Para los Postores: Eliminación del postor desaprobándose automáticamente todas sus ofertas y se iniciarán las acciones administrativas, civiles y penales (Art. 427º del Código Penal) a que hubiere lugar.




  1. Para los Contratistas: Se dejará sin efecto automáticamente el contrato y se iniciarán las acciones administrativas, civiles y penales (Art. 427º del Código Penal) a que hubiere lugar.

El postor o contratista, según sea el caso, es solidariamente responsable de cualquier adulteración o falsificación de sus documentos, así haya sido cometida por alguno de sus empleados a iniciativa propia.


Asimismo, EsSalud comunicará de este hecho al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.


    1. El postor adjudicado que no mantenga su oferta hasta la suscripción del contrato; que no suscriba el contrato en el plazo establecido en el numeral 8.1 de las Bases y en el Art. 118º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, perderá la Buena Pro, debiendo EsSalud proceder a comunicar este hecho al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para la aplicación de las sanciones que por tales causales contempla el Reglamento de la Ley.




    1. La justificación por el no cumplimiento de la prestación o la demora en el cumplimiento de la prestación del servicio se sujeta a lo dispuesto en el Código Civil y demás normas concordantes.




    1. EsSalud podrá resolver el contrato en los casos en que el contratista:

a) Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales esenciales, legales o reglamentarias a su cargo incluida la transferencia parcial o total de las obligaciones que asume, pese a haber sido requerido para ello. En el caso de obligaciones contractuales no esenciales, EsSALUD podrá resolver el contrato sólo si, habiéndolo requerido dos (2) veces, el contratista no ha verificado su cumplimiento;

b) No cuente con la capacidad económica o técnica para continuar la ejecución de la prestación a su cargo, pese a haber sido requerido para corregir tal situación; o

c) Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por mora en la ejecución de la prestación a su cargo.


Para proceder a la resolución del contrato se seguirá el procedimiento establecido en la normatividad vigente.
Las condiciones que resultan indispensables para el normal cumplimiento del contrato y que, como tales, constituyen obligaciones esenciales, son las siguientes:
a) La inscripción vigente en el “Registro nacional de empresas y entidades que realizan actividades de intermediación laboral”.

b) El cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y previsionales de los trabajadores destacados a ESSALUD.




  1. Aquellos aspectos que fueron factores de calificación y selección y aquellas condiciones que resulten indispensables para el normal cumplimiento del contrato considerado en el Anexo 3 – Especificaciones Técnicas.

Si el contrato se resuelve por incumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y/o previsionales de los trabajadores destacados a ESSALUD, corresponderá remitir al CONSUCODE copia del acto de resolución para que inicie el procedimiento administrativo y aplique la sanción correspondiente, de conformidad con la Primera Disposición Final y Transitoria del Decreto Supremo Nº 003-2002-TR.


Se consideran obligaciones esenciales aquellos aspectos que fueron factores de calificación y selección y aquellas condiciones que resulten indispensables para el normal cumplimiento del contrato considerado en el Anexo 3 de las Bases - Especificaciones Técnicas.


    1. Si ESSALUD faltara al cumplimiento de sus obligaciones, el contratista podrá resolver el contrato de acuerdo al procedimiento establecido en la normatividad vigente. En este caso, ESSALUD reconocerá en la liquidación del contrato la respectiva indemnización por los daños y perjuicios irrogados.




    1. Las sanciones que se imponen al contratista no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas.




    1. Las sanciones precedentes no eximen al contratista de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.




    1. En el caso de consorcio, los integrantes de éste responden solidariamente respecto de la no suscripción del contrato y del cumplimiento del mismo, debiendo en ese sentido considerarse lo dispuesto en el numeral 6.2.2 de la Directiva N° 003-2003-CONSUCODE/PRE.


AMPLIACIONES


    1. Las ampliaciones de plazos que el contratista pudiera solicitar se sujetan a dispuesto por el artículo 232° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.




  1. DISPOSICIONES FINALES

10.1 En todo lo no previsto en las presentes Bases se regula por las disposiciones de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y modificatorias y supletoriamente por el Código Civil y demás dispositivos legales pertinentes.



ANEXO 1


CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN


ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 0727S00021

CONTRATACION DE SERVICIO DE LAVANDERÍA”



ETAPAS

FECHAS

LUGAR /MEDIO

CONVOCATORIA





15.03.2007

SEACE y PROMPYME

Invitación a 3 Postores

REGISTRO DE PARTICIPANTES




Del 19.03.2007

Al 28.03.2007

DIVISION ADQUISICIONES

Av. Independencia Nº 296

El Tambo - Huancayo


PRESENTACION consultas/OBSERVACIONes A LAS BASES


Del 19.03.2007

Al 21.03.2007

COMITÉ ESPECIAL

Av. Independencia Nº 296

El Tambo - Huancayo

Telefax. 064-248326

ABSOLUCION DE CONSULTAS/OBSERVACIONES




Del 21.03.2007

Al 23.03.2007

COMITÉ ESPECIAL

Av. Independencia Nº 296

El Tambo - Huancayo

Telefax. 064-248326

INTEGRACION DE BASES




26.03.2007

DIVISION ADQUISICIONES

Av. Independencia Nº 296

El Tambo - Huancayo


Presentacion de

PROPUESTAS




30.03.2007

OFICINA DE TRAMITE DOCUMENTARIO - RAJUNIN

Av. Independencia Nº 296

El Tambo – Huancayo

DE 08:00 a 14:00 HORAS

evaluacion de

PROPUESTAS




02.04.2007

COMITÉ ESPECIAL

ACTO PRIVADO

ADJUDICACIÓN de buena pro




03.04.2007


COMITÉ ESPECIAL - DIVISION ADQUISICIONES

Av. Independencia Nº 296

El Tambo - Huancayo

(*) Nota: La Buena Pro queda automáticamente consentida, una vez transcurridos los plazos para la interposición de recursos de impugnación sin que algún postor haya ejercido tal derecho.




ANEXO 2
CUADRO DE REQUERIMIENTOS VALORADOS

ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 0727S00021


CONTRATACION DE SERVICIOS DE LAVANDERÍA”

El Servicio de recojo, lavado, planchado y entrega de la ropa hospitalaria en los Centros Asistenciales de la Red Asistencial Junín, deberá cubrir los siguientes requerimientos mensuales estimados:




Item

Centro Asistencial

Kg. X 12 Meses estimados

Precio Ref

( S./Kg )

Valor ref. X Cuatro Meses (S/.)

1

2

3



4

5


Hospital IV Huancayo

Hospital II La Oroya

Hospital I La Merced

Hospital I Rio Negro - Satipo

Hospital I Tarma


309,166

67,600


15,730

8,580


5,980

0.950

0.950


2.37

2.37


2.37

293,707.70

64,220.00

37,280.10

20,334.60

14,172.60





TOTAL (S/.)







429,715.00



MONTOS MÁXIMOS Y MÍNIMOS
MONTO TOTAL REFERENCIAL S/. 429,715.00

(Cuatrocientos Veintinueve Mil Setecientos Quince con 00/100 Nuevos soles)


MONTO MAXIMO (Hasta 10 % del monto referencial) S/. 472,686.50

(Cuatrocientos Setenta y dos mil Seiscientos Ochenta y seis con 50/100 Nuevos Soles)


MONTO MINIMO ( No menos del 70% del monto referencial): S/. 300,800.50
(Trescientos mil Ochocientos con 50/100 Nuevos Soles)

NOTA : Respecto a los Limites Máximos y Mínimos

Con la finalidad de que los postores tengan conocimiento de los límites máximos y mínimos para que sus ofertas económicas sean consideradas válidas, en el cuadro se señala en forma expresa con letras y números el monto a que asciende el 110% o el 70 % del valor referencial (Acuerdo N° 017/010 del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado publicado en el diario “El Peruano “ del 23 de Setiembre del 2002 y Fe de Erratas , publicada el 26 de Setiembre del 2002 .




ANEXO 3
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 0727S00021

CONTRATACION DE SERVICIOS DE LAVANDERÍA”




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