Municipalidad de contulmo



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MUNICIPALIDAD DE CONTULMO

DIRECCIÓN COMUNAL DE EDUCACIÓN


Liceo Polivalente Nahuelbuta


REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR DEL LICEO POLIVALENTE NAHUELBUTA, CONTULMO

El Liceo Polivalente Nahuelbuta de Contulmo, al adoptar el presente Reglamento Interno de Convivencia, está respondiendo a su objetivo fundamental, que es, educar en todos los aspectos a la persona que es cada alumno. No se viene al Liceo solo para saber mucho y obtener buenas calificaciones, sino, que se viene a aprender para la vida y propender a un desarrollo integral.
Por esto, es necesario que el alumno participe de la evaluación del Reglamento de Convivencia que rige la vida escolar, analice cada una de las normas que debe cumplir, comprenda los motivos que hacen necesaria y conveniente cada una de las disposiciones y se adhiera a ella con todo entusiasmo
DE LOS PADRES Y APODERADOS:

El apoderado debe cumplir un papel fundamental en la formación de su pupilo, ya que ellos, al integrar nuestra Comunidad Escolar, son los primeros educadores. Conscientes de esto, se concede gran importancia a su participación en el Proceso Educacional, para lo cual, debe existir un compromiso y una plena complementación-coordinación HOGAR-LICEO.


El apoderado debe estar permanentemente preocupado de la situación escolar de su pupilo, de su formación, de la marcha de sus estudios, de su comportamiento dentro y fuera del Liceo. Lo anterior, deja de manifiesto que el apoderado no tiene injerencia alguna en materias Técnico-Pedagógicos del Establecimiento. Debe si, procurar las condiciones adecuadas para que el alumno pueda cumplir con todas sus obligaciones escolares, ayudarle y aconsejarle. Debe estar permanente en contacto con el Liceo, asistiendo al 100% de las reuniones de apoderados citadas a que convoque el Profesor Jefe, el Centro General de Padres o la Dirección del Establecimiento.
DE LOS ALUMNOS:

Son alumnos todos aquellos jóvenes que estén matriculados en este establecimiento educacional y que cumplan con el proceso de matrícula correspondiente al año en curso. Son o tienen la condición de Alumnos Regulares todos aquellos estudiantes que estén debidamente matriculados y estén asistiendo a clases en forma regular y permanente.


RENDIMIENTO:

Es el nivel de desarrollo alcanzado frente al Programa de Estudio, por lo tanto, los Docentes evaluarán permanentemente el rendimiento de sus alumnos, lo que será informado oportuna y periódicamente a los apoderados por los Profesores Jefes a través del Informe de Notas.


COMPORTAMIENTO:

Es una muestra objetiva de la personalidad del individuo, el cual, será observado permanentemente para verificar los cambios conductuales que llevan al desarrollo de cada alumno, en las áreas psicobiológicas, sociales, afectivas e intelectuales, las que servirán de base para el Informe Educacional y para ofrecerle la ayuda necesaria a fin de permitirle un desarrollo armónico.




MATRICULA CONDICIONAL Y CANCELACIÓN DE MATRICULA:

La Matrícula Condicional se aplicará cuando la causa así lo requiera. El alumno que haya superado las causales que motivaron dicha sanción, recuperará su condición de Alumno Regular. La Cancelación de Matrícula será decisión de la Dirección del Establecimiento, previo informe del Consejo General de Profesores.

Mas adelante el presente Reglamento, se verá en detalle lo arriba mencionado.


TITULO PRELIMINAR



Artículo 1º: Vistos: El Reglamento Interno de Educación Municipal para las Unidades Educativas dependiente de la I. Municipalidad de Contulmo del año 1982; D.F.L. Nº1 del año 1997 sobre el Estatuto Docente; Ley del Código del Trabajo, se establece el siguiente Reglamento Interno de Convivencia y Disciplina Escolar del Liceo Polivalente Nahuelbuta de Contulmo, que contiene Normas Técnico-Pedagógicas, Técnico-Administrativas, de Prevención de Riesgos Higiene y Seguridad.
Artículo 2º : Este Reglamento será supletorio del Estatuto Docente, Contrato de Trabajo y Decreto Alcaldicio por el cual se regirá el personal docente directivo, docente, administrativo, auxiliar, Padres y Apoderados, alumnos.

TITULO I:

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

La convivencia escolar, es inherente a la formación general de las personas y el establecimiento como servicio educativo que tiene como principal misión educar, se hace responsable de la educación en valores en colaboración con la familia de los alumnos.

Este reglamento cumple una función orientadora y articuladora del conjunto de acciones que los actores educativos (alumnos, docentes, personal del establecimiento, padres y apoderados) emprenden y emprenderán a favor de la formación y ejercicio de los valores de convivencia en la cultura escolar.

La convivencia escolar es por lo tanto una construcción colectiva y dinámica, en donde todos los niños y niñas son sujetos de derecho, en donde el desarrollo pleno de las personas sólo es posible en la relación con otros de acuerdo a los roles y funciones que desarrollan en la comunidad educativa y privilegiándose el respeto y protección de la vida privada y pública de las personas y su familia.


Artículo 3º: Para que todos los niños y jóvenes que ingresan al establecimiento educacional "Liceo Polivalente Nahuelbuta" de la Comuna de Contulmo, permanezcan en él atendiendo a la diversidad y recibiendo un trato digno, de respeto a su persona y logren un sentido de pertenencia e identidad con el establecimiento se requiere del compromiso, colaboración, responsabilidad y participación de todas las personas que integran la familia educacional.

Para ello la misión del establecimiento ofrece una formación que esta al servicio educativo y que es: “Ser un espacio generador de cultura que garantice a los (las) jóvenes aprendizajes significativos y pertinentes al mundo cambiante, que asegure la continuidad de estudios y la auto-realización personal y que, a su vez, sean portadores(as) de una formación valórica y actitudinal que los lleve a desenvolverse con éxito en sociedad, acorde con sus aptitudes y expectativas y teniendo como propósito el mejoramiento permanente de la calidad de vida personal, familiar y comunitaria”.
Artículo 4º: En coherencia con el Proyecto Educativo Institucional y los Objetivos Fundamentales Transversales que promueve la Reforma Educacional, los principios y valores que el establecimiento fortalece y fortalecerá para el desarrollo personal e integral de las alumnas y alumnos son:

  1. Reconocer el valor del aprendizaje como una actividad que humaniza al hombre y a la mujer y los eleva a planos de espiritualización, bienestar y felicidad.

  2. Desarrollar autonomía y responsabilidad personal.

  3. Practicar el respeto, amor y protección del prójimo.

  4. Actuar con tolerancia, frente a la diversidad de culturas, razas, religiones y características personales, utilizando el diálogo como factor de consenso y superación de diferencias.

  5. Practicar la equidad entre los sexos.

  6. Actuar con verdad y justicia.

  7. Reconocer y valorar al trabajo como el medio para mejorar la calidad de vida y realización personal.

  8. Afianzar los valores practicando la solidaridad, generosidad, participación y lealtad grupal.

  9. Desarrollar el comportamiento autónomo, el espíritu de iniciativa y la capacidad para asumir las consecuencias de sus actos.

  10. Fomentar el sentido de pertenencia grupal, los sentimientos patrios y el compromiso social, resguardando el medio ambiente y su entorno social.


Artículo 5º: Junto a los alumnos, los padres, auxiliares, personal administrativo y paradocente, profesores y directivos, pretenden con estas normas lograr una sana convivencia en el establecimiento, que surge de los acuerdos alcanzados por la misma comunidad educativa. En este sentido la disciplina cumple un importante rol para los alumnos y las personas que educativa y pedagógicamente (directivos, profesores y personal) tienen el deber de velar por la confianza que han depositado las familias en el establecimiento.
TITULO II:

DE LOS FINES EDUCATIVOS
Artículo 6º: La presente normativa regula el sistema de convivencia y el comportamiento disciplinario de las alumnas y alumnos del establecimiento educacional "LICEO POLIVALENTE NAHUELBUTA".

Con este propósito esta normativa tiene como fines educativos:



  1. Internalizar en los alumnos los valores deseados por la comunidad escolar (art. 4) como por la sociedad.

  2. Fortalecer las capacidades personales para autorregular su conducta sin otros imperativos, como no sean aquellos que brotan de una conciencia éticamente formada.

  3. Fortalecer la maduración de una voluntad de acción subordinada a un sólido sentido de responsabilidad personal y social.

  4. Desarrollar competencias y destrezas para participar en la vida escolar y social, de una manera que le satisfaga personalmente y le permita enriquecer sus posibilidades de vida.

  5. Desarrollar capacidades personales que contribuyen a que los alumnos y alumnas, comprendan los procesos propios de su mundo y asuman su realidad con un fuerte sentido de pertenencia.

  6. Aprenda a aceptarse y valorizarse a sí mismo a partir de una formación que, en su integralidad, reconoce y respeta su condición de persona sexuada, que aprende a convivir con los demás regido por el respeto irrestricto a la dignidad humana y que, comprendiendo la interdependencia suya con el medio, aprenda a valorizar, cuidar y proteger su entorno cultural y natural.

  7. Desarrollar un pensamiento reflexivo crítico, la imaginación, la creatividad, capacidad para aceptar la innovación y para asumir el riesgo como condición necesaria de todo cambio social.

  8. Fomentar la capacidad de asumir y beneficiarse de los procesos sociales, culturales y tecnológicos; y de sus logros con un alto sentido de trascendencia personal y social.



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