I comunidad foral de navarra



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B.O. de Navarra

Número 137



Lunes, 10 de noviembre de 2008

12639


8.4.

El nombramiento se publicará en el B

OLETÍN

  O


FICIAL

 de Na-


varra y los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo

de un mes a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor,

no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición

de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Barañáin. En tal

supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.6 de la convo-

catoria.

8.5.


En el caso de aspirantes que adquieran la condición de fun-

cionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean de-

clarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con

efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse

en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la co-

rrespondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el

mencionado apartado 7.6 de la convocatoria.

8.6.


En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores

no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo

al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funciona-

rios las plazas resultantes de dichas situaciones.

9.



Listas de aspirantes para la contratación temporal.



9.1.

De conformidad con lo establecido en la Base 1.6 de la pre-

sente convocatoria, se constituirán dos listas donde se relacionarán

respectivamente, los aspirantes que hubieran superado las pruebas

pero no hubieran conseguido plaza y los aspirantes que no hubieran

superado todos los ejercicios del procedimiento selectivo.

9.2.

Por Acuerdo de Junta de Gobierno se constituirán las dos



relaciones de aspirantes con arreglo a los criterios definidos en la Base

9.1 de esta convocatoria. Con carácter previo, la Dirección de Recursos

Humanos remitirá a la Junta de Gobierno Local las relaciones de aspi-

rantes conformadas de acuerdo con lo dispuesto en la Base 9.1.

Adoptado el Acuerdo, se procederá a su publicación en el Tablón de

Edictos del Ayuntamiento y en la dirección de internet www.baranain.es.

El Acuerdo antedicho concederá a los aspirantes un plazo de diez

días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación para

presentar la documentación que se indica a continuación:

a)

Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Iden-



tidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e iden-

tidad del aspirante.

b)

Informe médico justificativo de no padecer enfermedad o de-



fecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones pro-

pias del cargo.

c)

Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni



suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido

separado del servicio de una Administración Pública.

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos

requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justifi-

cados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán

incluidos en la lista y decaerán de todos los derechos que pudieran

derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio

de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en

su instancia de participación.

El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a

la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del

procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y

durante el periodo de contratación.

Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Acuerdo

de Junta de Gobierno, se aprobarán las listas de aspirantes a la con-

tratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del

Ayuntamiento de Barañáin y en la dirección de internet www.bara-

nain.es.


El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal

vendrá determinado por la mayor puntuación obtenida en el proce-

dimiento selectivo de ingreso.

La gestión de la lista así constituida corresponderá a la Dirección

de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Barañáin.

Las listas constituidas al amparo de este apartado estarán vigentes

hasta la resolución de una nueva convocatoria de ingreso en el puesto

de trabajo de que se trate, en cuyo caso, podrán ser accesorias de las

que entonces se constituyesen. En su defecto, mantendrán su vigencia

durante un periodo máximo de 5 años desde la aprobación de la lista,

pudiendo ser prorrogadas. Por otro lado, estas relaciones serán de

aplicación preferente sobre cualesquiera otras que mantuvieran su vi-

gencia. Asimismo, ambas listas podrán ser utilizadas con carácter pre-

ferente para la cobertura con carácter temporal, de plazas vacantes de

Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Barañáin.

La prioridad en las listas de aspirantes vendrá determinada por la

suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados.

10.


Normas comunes de gestión de las relaciones de aspirantes

para la contratación temporal.

10.1. Llamamiento.

La contratación de los aspirantes se efectuará, con carácter general,

previo llamamiento individual de acuerdo con las necesidades del ser-

vicio.

Con el fin de facilitar su localización, los aspirantes podrán comu-



nicar varios teléfonos de contacto, dirección de correo electrónico o fax,

que deberán mantener continuamente actualizadas, comprometiéndose

a aportar al Ayuntamiento cualquier modificación.

El llamamiento de los aspirantes se efectuará de acuerdo con el

orden de prelación en que figuren en la correspondiente lista.

A cada aspirante al que se oferte un contrato por teléfono, se reali-

zarán al menos dos intentos de localización, a través de los medios de

comunicación facilitados, durante un periodo de dos días.

La persona encargada de realizar los contactos elaborará una ficha

con la información a trasladar y el resultado del contacto telefónico. La

información a trasladar será: el tipo de contrato ofertado, el destino en

el que se incorporará, breve listado de funciones/competencias, breve

resumen de condiciones laborales y duración estimada del contrato.

En la ficha elaborada a tal fin se recogerá el resultado del contacto

telefónico que podrá ser:

Intentado sin efecto: Cuando no se haya podido contactar con la



persona.

Intentado con éxito: Cuando se haya contactado y la persona



acepte la contratación.

Contactado pero con renuncia: Cuando a pesar de haber contac-



tado la persona no haya aceptado la oferta de contratación.

De cada llamamiento se dejará constancia por escrito, señalando

las circunstancias, fecha y hora en la que se ha efectuado.

Cuando un aspirante no pueda ser localizado se contactará con el

siguiente o siguientes de la lista, hasta que el puesto o puestos de tra-

bajo ofertados sean cubiertos.

Los interesados con los que no se haya podido contactar perderán

sus derechos, siendo expulsados de la relación de contratación, por

cuanto se considerará renuncia no justificada.

Quienes en el momento de la entrada en vigor de la presente lista

de contratación estuvieran prestando sus servicios como Oficiales Ad-

ministrativos del Ayuntamiento de Barañáin, no se les ofrecerá contrato

alguno hasta que extingan sus contratos vigentes, manteniendo su

lugar en la lista.

10.2.

Mejora de contratación.



Se entenderá por mejora de la contratación la renuncia del traba-

jador a un contrato en vigor para suscribir un nuevo contrato con la

misma entidad. En este caso no se ofrecerá un nuevo contrato a quien

ya esté contratado, salvo que se den cualquiera de las siguientes cir-

cunstancias:

Que con posterioridad a ser contratado haya superado nuevas



pruebas para contrataciones de otras categorías o puestos.

Que el nuevo contrato a suscribir sea de igual o superior categoría.



Que el nuevo contrato a suscribir sea superior a dos semanas de

duración.

10.3. Renuncias.

Si algún aspirante renuncia al puesto de trabajo ofertado será ex-

cluido de la lista, salvo que acredite encontrarse en alguno de los si-

guientes supuestos:

1.º


Estar obligado en virtud de un nombramiento o contrato admi-

nistrativo o laboral en vigor con el Ayuntamiento de Barañáin.

2.º

Encontrarse en situación de incapacidad temporal o licencia



por maternidad o adopción.

3.º


Tener a su cuidado un hijo menor de 3 años, tanto cuando lo

sea por naturaleza como por adopción. Quienes renuncien a un con-

trato por este motivo no podrán ser llamados hasta que hayan trans-

currido tres meses desde la renuncia.

4.º

Tener a su cuidado a un familiar hasta el segundo grado de



consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o en-

fermedad, no pueda valerse por sí mismo.

5.º

Matrimonio propio o situación asimilada según la Ley 6/2000,



de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables, si la re-

nuncia se produce dentro de los quince días naturales siguientes o an-

teriores a su constitución.

Por otro lado, quienes durante la vigencia de la presente lista estu-

vieran prestando servicios como Oficiales Administrativos en cualquier

Administración Pública y renunciaran a un contrato ofertado por este

Ayuntamiento, serán pospuestos al último lugar de la lista, no pudiendo

ser llamados hasta que se extinguiera el mencionado contrato.

Esta misma operación podrá repetirse en una ocasión más, de-

cayendo totalmente en sus derechos cuando renunciaran por tercera

vez a un contrato ofertado por el Ayuntamiento.



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