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(pilar) y la erija en el santuario de Hera; y que el secretario del consejo
cuide la inscripción, y el tesorero procure el gasto de la stêle y la
inscripción. Y que tales gastos sean disponibles para el emisario como el
demos determine.
El emisario escogido fue Esquilo hijo de Ampélides.
(Austin l35, SEG i. 363)
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Podemos determinar los diversos magistrados de los samianos y sus
funciones, así como ver la manera en que una polis mediana infla su importancia con
un lenguaje florido, legalista y repetitivo. Muchas de las frases del documento son
parecidas a las de decretos similares de Samos y otros lugares y se convirtieron en
cumplidos habituales en las relaciones diplomáticas. La manera en que el documento
pasa de la voz activa a la pasiva, no obstante, sugiere que es obra de un comité en
funciones o que se presentaron una serie de enmiendas de los asistentes a la
asamblea, donde cada orador trataba de sobrepujar al previo en generosidad.
En Creta en el siglo II pudo haber existido un sistema de arbitraje ordinario,
el koinodikion, para arreglar las disputas particulares entre miembros de diferentes
poleis.
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A veces una ciudad arbitraría o mediaría entre otras dos, como cuando un
tribunal de jueces de Mileto fue llamado para resolver una disputa fronteriza entre
Esparta y Mesenia (Burstein 80, Syll2 683,1. Olympia, 52; cf. Tácito, Anales, 4. 43.
1-6).
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En otros casos un rey podría ser llamado a arbitrar. En la década de 280,
Samos y Priene recurrieron a Lisímaco en relación a su antigua disputa sobre el
territorio de Anea en Asia Menor continental. Cada parte citó precedentes históricos
y parece que el rey en persona escuchó a sus emisarios y expresó irritación con los
prienenses al decir a los samios: «Si hubiera sabido que habíais tenido esta tierra en
posesión y la habíais ocupado por tantos años nunca habríamos aceptado oír el caso»
(BD 12, Burstein 12, RC 7, OGIS 13, líneas 4-6), y les dio la razón. Es digno de
mención que en subsiguientes querellas entre Samos y Priene, el juicio de Lisímaco
sobre al menos una porción del territorio disputado fue considerado decisivo.
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Otro
ejemplo de arbitraje entre ciudades es la delimitación que hizo Megara de los
linderos terrestres entre Epidauro y Corinto alrededor de 240 a.C. (Austin 136, Syll3
471);
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como otros de este tipo, la inscripción lista con detalle los mojones limítrofes
acordados.
Las excepciones notorias a la generalización de que las misiones dicásticas se
hicieron más comunes corresponden a las dos ciudades-estado más poderosas de
Grecia, Atenas y Rodas, que nunca consideraron necesario llamar a los ciudadanos
de otros estados, aunque los atenienses muchas veces servían como dicastai en otras
partes.
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El crecimiento de la «industria de la diplomacia» puede apreciarse en el
número de documentos que registran que una ciudad reconoce la
asilia o
inviolabilidad de otra ciudad o lugar de culto. Los santuarios estaban intrínsecamente
protegidos por la sanción divina; técnicamente, por tanto, no había necesidad de
garantizarles la inmunidad. Sin embargo, a partir de la década de 260 a.C., tenemos
muchas inscripciones que registran la «inviolabilidad declarada». Las ciudades
receptoras estaban generalmente en el Egeo y el Asia Menor, aunque había varias en
Beocia; en el primer documento conocido de la anfictionía de Delfos se reconoce la
asilia del templo de Atenea Itonia en Coronea (SEG xviii. 240, ISE ii. 74).
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Otro
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ejemplo característico, el segundo conocido, es de Delfos, y se refiere a una demanda
iniciada por la ciudad de Esmirna y apoyada por un rey:
DIOSES
[Resuelto por la polis de los délficos:
en la medida en que el rey Seleuco (hijo) del rey [Antíoco], habiendo
enviado una carta a la ciudad, considera que tanto el santuario [de]
Afrodita Estratonice y la polis de los esmirnios deberían ser [sa]grados e
inviolables, habiendo él mismo previamente obedecido el oráculo del
dios y habiendo realizado las cosas que él también considera que la polis
debería hacer, y ha concedido a los esmirnos que tanto su polis y su
territorio sean libres y no sujetos a tri[bu]to, y confirma su territorio
existente y anuncia que restablecerá su territorio ancestral;
y (como) los esmirnios, habiendo enviado como emisarios a Hermodoro
y a Demetrio, piensan que todas las cosas concedidas a ellos deben ser
inscritas en el santuario, como el rey considera también:
la polis de los délficos resuelve que tanto el santuario de Afrodita
Estratonice y la polis de los [esmir]nos sean sagrados e inviolables, tal
como el rey ha escrito [y] la polis de los esmirnos considera; y que ha
sido ordenado que los sagrados emisarios (theôroi) que proclaman el
festival pitio que ensalcen al rey Seleuco por es[tas cosas] y su piedad y
su obediencia al oráculo del dios, y que sacrifiquen a Afrodita y que la
polis grabe este decreto en el santuario del dios, y la carta [del rey] en el
muro del archivo.
(BD 28, OGIS 228)
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En este caso los intereses de la ciudad, del rey y de los santuarios operaban
juntos: el intercambio de formalidades permite que la munificencia real para con la
ciudad y su saludo formal al santuario sea proclamada al mundo griego en Delfos,
reforzando a su vez el prestigio del centro panhelénico.
La moda se mantuvo durante todo el período helenístico. Antíoco III otorgó
asilia a Teos en 204/203 como parte de un intento más amplio de reavivar el prestigio
seléucida (Austin 151, Burstein 33);
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el hecho de que los romanos diez años después
dieran a su vez esta garantía sugiere parcialmente una motivación política (Austin
157, BD 87, Sherk 8, Syll3 601).
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En 22 y 23 a.C, sin embargo el senado romano
examinó los derechos existentes al privilegio por parte de las ciudades y santuarios
de Asia, Chipre, Creta y probablemente otras partes (Tácito, Anales 3. 60-3; 4. 14. 1-
2), y tal vez puso restricciones para las futuras concesiones.
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Las concesiones de
asilia se han vinculado a veces con la decadencia
religiosa (un fenómeno del que no hay pruebas reales; véase el capítulo 5) o con el
deseo de proteger a los exiliados políticos, refugiados o criminales fugitivos; es más
plausible que puedan ser considerados como intentos de conseguir ayuda militar en
tiempos agitados, o de limitar la piratería de pueblos como el etolio o el cretense.
Algunos ejemplos de piratería se examinan a continuación antes de volver al tema de
la asilia.
La piratería aparece a menudo en las fuentes, aunque la terminología es
variable, y la piratería de un escritor es la campaña naval de otro. Menandro, en todo
caso, escenifica el rapto de un niño y un esclavo por los piratas, que después los
venden en el mercado de esclavos de Milasa, en Caria (Los sincionios, 3-15, Austin
86). Uno se puede figurar una situación parecida a mediados del siglo III cuando la