Nos Aires, 30 de diciembre de 2008



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897) LUNA, Beatriz Mercedes. Fue privada ilegítimamente de la libertad el 22 de agosto de 1977 aproximadamente a las 13:30 horas junto con su esposo, al arribar a la Estación Retiro del Ferrocarril Mitre en la Capital Federal arribando en el Tren Estrella del Norte procedente de la provincia de Tucumán. En esa oportunidad varios individuos vestidos de civil que no se identificaron los arrojaron al piso apuntándoles con armas de fuego, los esposaron y fueron conducidos a la playa de estacionamiento haciéndolos subir por separado en un Ford Falcón y un Renault 12, siendo conducidos a la E.S.M.A. Allí permaneció clandestinamente detenida bajo condiciones inhumanas de vida, siendo sometida a torturas. Finalmente fue liberada el 1 de septiembre de 1977, entre dos plazas frente a la estación retiro de esta ciudad. 898) Rodolfo Jorge Walsh. El día 25 de marzo de 1977 en horas de la tarde aproximadamente entre las 14,30 y las 16,00 hs. fue interceptado por un grupo numeroso de personas compuesto por personal de la Policía Federal Argentina, Servicio Penitenciario Federal, Armada, Prefectura Naval Argentina y Ejército, entre los que se encontraban personas identificadas como AFragote@,@Yoli@, APaco@, ATiburón@, ASérpico@ de apellido Aguirre -entre otros- quien a la voz de Aalto policía@ fue baleado. Su cuerpo fue llevado a la Escuela de Mecánica de la Armada. Estos hechos ocurrieron en las inmediaciones de las avenidas San Juan y Entre Ríos de esa ciudad de Buenos Aires, lugar al que personal que operaba con base en la Escuela de Mecánica de la Armada concurrió en su búsqueda, en función de la información que habían obtenido a través de las torturas aplicadas a José María Salgado -quien habría provocado el encuentro-. A ese operativo fueron llevados también otras personas ilegalmente privadas de su libertad cuya identidad no pudo ser hasta ahora conocida, quienes fueron Apaseados@ en automóviles por las cercanías del lugar, con el objetivo de ubicar a Rodolfo Jorge Walsh en las inmediaciones si no concurría a la cita. Que la intención del grupo operativo era capturarlo con vida a los efectos de someterlo a torturas para obtener información, puesto que Rodolfo Jorge Walsh era Jefe de Inteligencia de la organización AMontoneros@ y eran muchos los datos que podían obtenerse de él. El cuerpo de Rodolfo Jorge Walsh fue visto en la Escuela de Mecánica de la Armada por diversos sobrevivientes que brindaron su testimonio en tal sentido no pudiéndose precisar si estaba con vida o no. El día que Rodolfo Jorge Walsh fue interceptado por los integrantes del G.T. 3.3, había salido de su casa en San Vicente y viajado en tren hasta la estación constitución. Entre las pertenencias que llevaba se encontraba un reloj marca AOmega@, anteojos con marco negro, un portafolios imitación cuero de color negro, cinco ejemplares de la ACarta abierta a la junta militar@, una pistola calibre 22 marca AWalther PPK@, y el boleto de compra venta que le había entregado esa misma mañana Victoriano Matute, de la casa ubicada en la calle Triunvirato e Ituzaingó, de aquella localidad bonaerense la que había adquirido bajo un nombre falso: Norberto Pedro Freire. Su cuerpo no ha sido hallado hasta el día de la fecha y no se cuenta con un testimonio preciso y certero que indique cuál pudo haber sido el destino final de la víctima. Algunos sobrevivientes han brindado testimonio indicando que el cuerpo sin vida de Rodolfo Jorge Walsh que presentaba numerosas heridas de arma de fuego, habría sido incinerado, situación que conocieron a través de versiones brindadas por Averdes@ (guardias) de la Escuela de Mecánica de la Armada. 407) Domon, Alicia Ana María Juana. 408) Ballestrino de Careaga María Esther. 409) Ponce de Bianco, María Eugenia. 410) Auad, Angela. 411) Oviedo, Patricia Cristina. 412) Bulit, Raquel. 413) Fondevilla, José Julio. 414) Horane, Eduardo Gabriel. Fueron privados ilegítimamente de su libertad en las últimas horas de la tarde del día 8 de diciembre de 1977, siendo aproximadamente las 20:00 hs., en las puertas de la Iglesia Santa Cruz, sita en la calle Estados Unidos 3150 de Capital Federal, siendo que todos los nombrados fueron llevados a la E.S.M.A., lugar en el que se los sometió a interrogatorio mediante la aplicación de diferentes tormentos, para luego ser alojados bajo condiciones inhumanas en los sectores denominados Acapucha@ y Acapuchita@ que funcionaban en el tercer piso y altillo del Casino de Oficiales de la E.S.M.A.. La estadía del mentado grupo en el centro clandestino de detención se prolongó aproximadamente entre siete y diez días, luego de los cuales fueron trasladados por personal de la marina. 415) Berardo, Remo Carlos. Fue privado ilegítimamente de su libertad en las últimas horas de la tarde del día 8 de diciembre de 1977, en el interior de su atelier ubicado en la calle Magallanes 889 de Capital Federal, siendo llevado a la E.S.M.A., lugar en el que se lo sometió a interrogatorio mediante la aplicación de diferentes tormentos, para luego ser alojado bajo condiciones inhumanas en los sectores denominados Acapucha@ y Acapuchita@ que funcionaban en el tercer piso y altillo del Casino de Oficiales de la E.S.M.A.. La estadía del nombrado en el centro clandestino de detención se prolongó aproximadamente entre siete y diez días, luego de los cuales fue trasladado por personal de la marina. 416) Elbert, Horacio Aníbal. Fue privado ilegítimamente de su libertad el 8 de diciembre de 1977, posiblemente al mismo tiempo que se realizaba el operativo en la Iglesia Santa Cruz sita en la calle Estados Unidos 3150 de Capital Federal, o quizás momentos más tarde en una reunión paralela que se realizaba en el domicilio del Remo Berardo de la calle Magallanes 889 de Capital Federal, siendo llevado a la E.S.M.A., lugar en el que se lo sometió a interrogatorio mediante la aplicación de diferentes tormentos, para luego ser alojado bajo condiciones inhumanas en los sectores denominados Acapucha@ y Acapuchita@ que funcionaban en el tercer piso y altillo del Casino de Oficiales de la E.S.M.A.. La estadía del nombrado en el centro clandestino de detención se prolongó aproximadamente entre siete y diez días, luego de los cuales fue trasladado por personal de la marina. 418) Villaflor de De Vincenti, Azucena. Fue privada ilegítimamente de su libertad en horas de la mañana del día 10 de diciembre de 1977, momentos en que fue abordada por personas de civil que se encontraban armadas mientras circulaba por la calle Cramer a la altura catastral 117 de la localidad de Sarandí, Pcia. de Buenos Aires, siendo llevada a la E.S.M.A., lugar en el que se la sometió a interrogatorio mediante la aplicación de diferentes tormentos, para luego ser alojada bajo condiciones inhumanas en los sectores denominados Acapucha@ y Acapuchita@ que funcionaban en el tercer piso y altillo del Casino de Oficiales de la E.S.M.A.. La estadía de la nombrada en el centro clandestino de detención se prolongó aproximadamente entre siete y diez días, luego de los cuales fue trasladada por personal de la marina. 419) Duquet, Reneé Leonnie. Fue privada ilegítimamente de su libertdad el día 10 de diciembre de 1977, en horas del medio día, en ocasión en que fue llevada de su domicilio de la calle Espora 1247 de la localidad de Ramos Mejía, Pcia. de Buenos Aires, siendo llevada a la E.S.M.A., lugar en el que se la sometió a interrogatorio mediante la aplicación de diferentes tormentos, para luego ser alojada bajo condiciones inhumanas en los sectores denominados Acapucha@ y Acapuchita@ que funcionaban en el tercer piso y altillo del Casino de Oficiales de la E.S.M.A.. La estadía de la nombrada en el centro clandestino de detención se prolongó aproximadamente entre siete y diez días, luego de los cuales fue trasladada por personal de la marina. Asimismo respecto de los hechos 408) Ballestrino de Careaga María Esther; 409) Ponce de Bianco, María Eugenia.; 418) Villaflor de De Vincenti, Azucena; 419) Duquet, Reneé Leonnie se deja constancia que según surge del acta labrada en la causa n 18.967/03 a fs. 8319 y según surge de 436/441 fs., del Legajo Nro. 111 caratulado: ACementerio Municipal de Gral. Lavalle (Bs. As.)@ del Registro de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Cap. Fed., el Superior resolvió: I) DECLARAR que la persona de sexo femenino cuyo fallecimiento fuera inscripto el día 22 de diciembre de 1977, mediante acta nro. 174 del año 1977, del Registro Provincial de las Personas, Delegación General Lavalle, Provincia de Bs. As., e inhumada en la sepultura 18 del Sector B, Cuadro 3 - ex 2 - del Cementerio Municipal de la localidad citada, es AZUCENA VILLAFLOR de DE VINCENTI, L.C. nro. 02.195.883, nacida el 7 de abril de 1924 en Piñeyro, Avellaneda, Prov. de Bs. As., hija de Florentino y de Emma Nitz. II) DECLARAR que la persona de sexo femenino cuyo fallecimiento fuera inscripto el día 22 de diciembre de 1977, mediante acta nro. 175 del año 1977, del Registro Provincial de las Personas, Delegación General Lavalle, Provincia de Bs. As., e inhumada en la sepultura 19 del Sector B, Cuadro 3 - ex 2 - del Cementerio Municipal de la localidad citada, es MARIA EUGENIA PONCE de BIANCO, L.C. nro. 288.009, nacida el 6 de julio de 1924 en Campo Herrera, Prov. de Tucumán, hija de Segundo Anastacio Ponce. III) DECLARAR que la persona de sexo femenino cuyo fallecimiento fuera inscripto el día 29 de diciembre de 1977, mediante acta nro. 179 del año 1977, del Registro Provincial de las Personas, Delegación General Lavalle, Provincia de Bs. As., e inhumanda en la sepultura 23 del Sector B, Cuadro 3 - ex 2 - del Cementerio Municipal de la localidad citada, es ESTHER BALESTRINO DE CAREAGA, C.I.P.F.A. nro. 04.241.455, hija de Francisco y de Francisca Roa. De fs. 8337 se desprende que en el AIncidente de Búsqueda e identificación Alice Domon y otros@ del Registro de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Cap. Fed., el Superior a fs. 1120/1122 resolvió: I) DECLARAR que la persona de sexo femenino cuyo fallecimiento fuera inscripto el día 22 de diciembre de 1977, mediante acta de defunción nro. 171 del año 1977, del Registro Provincial de las Personas, Delegación General Lavalle, Provincia de Bs. As., e inhumada como N.N. masculino en la sepultura 17 del Sector B del Cementerio Municipal de la localidad citada, es LEONNIE DUQUET y respecto de las cuales se ordenó corran por cuerda de la causa nro. 18.967/03 de este Tribunal y de fs. 8434 que en Legajo Nro. 111 caratulado: ACementerio Municipal de Gral. Lavalle (Bs. As.)@ del Registro de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Cap. Fed. a fs. 560/562 el Superior resolvió: I) DECLARAR que la persona de sexo femenino cuyo fallecimiento fuera inscripto mediante acta nro. 173 del año 1977, del Registro Provincial de las Personas, Delegación General Lavalle, Provincia de Bs. As., e inhumada en la sepultura 20 del Sector B, Cuadro 3 - ex 2 - del Cementerio Municipal de la localidad citada, es ANGELA AUAD, L.C. nro. 05.098.570, nacida el 19 de febrero de 1945 en Villa Lujan, Capital, Provincia de Tucumán, hija de Llaber y de Llaida Jure, debiéndose consignar, asimismo, como fecha de fallecimiento el día 21 de septiembre de 1977. Se deja constancia según surge de los informes producidos los restos oseos analizados corresponden a cuerpos hallados en las playas de la localidad en los que fueron enterrados y presentan lesiones que resultan compatibles con las que se producen por choques o golpes contra superficies duras. 212) HAGELIN, Dagmar Ingrid. Fue privada ilegítimamente de su libertad en las siguientes circunstancias de modo, tiempo y lugar: El día 27 de enero de 1977, en horas de la mañana, caminaba por la calle Sargento Cabral en dirección a la calle Pampa, ambas de la localidad de El Palomar, Provincia de Buenos Aires; oportunidad en que personas armadas pertenecientes al Grupo de Tareas 3.3/2, comenzaron a perseguirla y luego de darle la voz de alto, dispararon contra ella, con tal suerte que cayó al piso herida sobre la calle Pampa. Luego de ello, fue introducida por éstas mismas personas en el baúl de un rodado de alquiler, marca Chevrolet chapa C-0868838 propiedad de Jorge Oscar Eles, que se encontraba en las inmediaciones del lugar, previo exigirle al nombrado Ello bajo coacción la entrega de las llaves del vehículo en cuestión, para luego partir a bordo del mismo con rumbo desconocido. Fueron testigos del procedimiento antes mencionado Hugo Alfredo Zabalo, Juana Lawryncwicz de Eles, Gladys Violeta Benitez. Angel Marcelino Fragelli, Jorge Oscar Eles, Alejandro Yannone y Rafael Burgos; siendo éstos dos últimos quienes además reconocieron a Alfredo Astiz como uno de los integrantes del operativo. Luego de ello, Dagmar Hagelin fue conducida a la E.S.M.A., donde permaneció clandestinamente en cautiverio y bajo condiciones inhumanas de vida. Dan cuenta de su permanencia en la E.S.M.A., Lisandro Cubas, quien señaló que mientras estuvo cautivo en la Escuela de Mecánica de la Armada, tuvo ocasión de poder ver a Hagelin en la enfermería y en la llamada Sala de Embarazos. También fue vista en E.S.M.A. por Norma Susana Burgos en dos ocasiones, quien expresó que había sido enfrentada a Dagmar Hagelin, mientras ésta última estaba en la enfermería lesionada y con impedimentos físicos y que también la había visto en la enfermería junto con el Capitán Francis William Whamond y el Teniente de Fragata Alfredo Astiz, recordando que este último le preguntó a Hagelin cómo estaba y le contó que él había disparado el tiro que le rozó la frente. Por otra parte, Mercedes Inés Carazo refirió haber visto y dialogado con Dagmar Ingrid Hagelin en el lugar en el que alojaban a las embarazadas, recordando también que Hagelin llevaba un pañuelo en la cabeza y que tenía una herida en la cabeza. También, Emilio Enrique Dellasoppa recordó haber visto a la víctima, durante su cautiverio en la E.S.M.A., al igual que Marta Remedios Álvarez, quien manifestó haberla visto en un Acamarote@. Su presencia en la E.S.M.A. también fue confirmada por Carlos Gregorio Lordkipanidse, quien supo de ella por comentarios de Jorge Acosta y por Graciela Daleo y Andrés Ramón Castillo. Por otra parte, Miryam Lewin de García quien expresó que si bien no había visto en la E.S.M.A. a Hagelin, allí se comentaba que la habían herido de un tiro en la cabeza. Hasta el momento, permanece desaparecida. 181) Gómez, Conrado Higinio. Fue privado ilegítimamente de su libertad al 10 de enero de 1977, en sus oficinas sito en la Avenida Santa Fe 1713, piso 1, de la Ciudad de Buenos Aires, siendo conducido a la Escuela Mecánica de la Armada donde fue sometido a condiciones inhumanas de vida y a tormentos. 190) Horacio Mario Palma. Fue privado ilegítimamente de su libertad el día 11 de enero de 1977 aproximadamente a la 01:00 hora del interior de su domicilio particular ubicado en O=Higgins 1686, Hurllingham provincia de Buenos Aires, por parte de tres hombres armados vestidos de civil en presencia de su familia. Media hora antes habían recibido un llamado telefónico preguntado por la víctima. El personal que se hizo presente en el domicilio manifestó pertenecer a la Policía Federal, e indicó que se iban a llevar a Horacio Palma por unas cinco horas aproximadamente, luego de lo cual sería restituido a su domicilio. No se le permitió a Hebe Serna (su esposa) acompañarlo. Esa fue la última vez que lo vieron. Una semana después de su desaparición se comunicó con su familia, se interiorizó sobre su estado y aseguró que se encontraba bien. Fue trasladado a la E.S.M.A. donde fue visto por otras personas. Allí fue sometido a condiciones inhumanas de vida y fue mantenido clandestinamente en cautiverio. De acuerdo con la información obtenida por María Beatriz Cerutti a través del C.E.L.S., el contador Horacio Palma habría sido visto con vida en el interior de la E.S.M.A. hasta 1978. 191) Victorio Cerutti. Fue privado ilegítimamente de su libertad sin orden de autoridad competente el día 12 de enero de 1977 del interior de su domicilio ubicado en Viamonte s/n del Distrito de Chacras de Coria Departamento de Luján de Cuyo, provincia de Mendoza por un grupo de personas vestidas con indumentaria perteneciente a las fuerzas de seguridad. Este hecho fue presenciado por la Sra. Josefa Modesta Giacchino -esposa de Victorio Cerutti- y por Jorge Manuel Cerutti -el otro hijo del matrimonio-. Luego de ello, fue trasladado a la Escuela de Mecánica de la Armada donde fue mantenido clandestinamente en cautiverio y sometido a condiciones inhumanas de vida. Fue visto en esa dependencia naval por Lisandro R. Cubas, entre otros. De acuerdo co n la documentación obrante en el legajo n 156 APalma, Horacio Mario@, Victorio Cerutti ostentó el cargo de Vicepresidente de Cerro Largo S.A. hasta el 31 de diciembre de 1976. 192) Masera Pincolini, Omar Raúl. 899) Cerutti, María Beatriz. 900) Masera Pincolini Diego (hijo de Masera Pincolini y Cerutti). 901) Masera Pincolini, Mariana (hijo de Masera Pincolini y Cerutti). 902) Masera Pincolini, Raúl Omar (hijo de Masera Pincolini y Cerutti). Omar Raúl Masera Pincolini fue privado ilegítimamente de su libertad sin orden de autoridad competente, el 12 de enero de 1977 a 03:00 de la madrugada del interior de la finca sita en la calle Viamonte 5329, Chacras de Coria, Luján de Cuyo provincia de Mendoza por un grupo de personas aproximadamente quince personas que portaban armas de fuego y que vestían indumentaria de fuerzas de seguridad los cuales luego de romper los vidrios y derribar la puerta a las patadas irrumpieron en el domicilio donde descansaba la familia aterrorizándolos a todos. Algunos de los efectivos se encontraban encapuchados y se comunicaban entre ellos con radios portátiles. Masera Pincolini intentó defender a su familia para no ser objeto de maltrato pero fue salvajemente golpeado. De inmediato comenzaron a ser interrogados sobre el paradero de Juan Carlos Cerutti (hermano de María Beatriz Cerutti). De acuerdo con la denuncia efectuada por María Beatriz Cerutti, al no responder sobre el paradero de aquel al que estaban buscando, le arrancaron a ésta el camisón y cometieron con ella toda clase de torturas y vejámenes delante sus tres niños Diego Masera Pincolini, Mariana Masera Pincolini y Raúl Omar Masera Pincolini. Éstos, al intentar defender a su madre, fueron golpeados brutalmente y colocados de bruces en el piso donde fueron atados de pies y manos a la espalda con tiras hechas de las sábanas. Ante los gritos y llanto de los niños (Raúl Omar de 15, Diego de 13 años y Mariana de 11 años) fueron amordazados al tiempo que eran apuntados con armas bajo amenaza de matarlos en caso de no quedarse tranquilos. Posteriormente Omar Masera Pincolini fue sacado a la rastra de su domicilio y trasladado a la Escuela de Mecánica de la Armada donde se lo mantuvo clandestinamente en cautiverio y se lo sometió a condiciones inhumanas de vida. Su familia jamás volvió a verlo. María B. Cerutti y los niños fueron liberados de sus ataduras a las 11 de la mañana, asistidos por la empleada doméstica. De acuerdo con la información que María Beatriz Cerutti obtuvo del C.E.L.S. Omar Masera Pincolini fue visto en la E.S.M.A. con vida hasta el año 1978. 904) MAYOR CARLOS MARÍA. Fue secuestrado el 15 de agosto de 1977 en la ciudad de Buenos Aires. Tales circunstancias se conocen por el relato de la que en aquel entonces era su pareja Adriana Graciela Alberti. Alberti explicó que MAYOR era compañero de militancia de “Betopo” -Guillermo Raúl Rodríguez- y de su esposa Guillermina Elsa Carlota Santamaría, matrimonio que integra la lista de desaparecidos de la E.S.M.A. y fue lo que motivó la denuncia de Alberti, ante la convicción de que su compañero también fue víctima del mismo Grupo de Tareas.- 905) TORTRINO, María del Carmen. Fue privada ilegalmente de su libertad el 25 de junio de 1976 en el domicilio de Av. Corrientes 3885 piso 14 depto “54” de la ciudad de buenos Aires por integrantes de diversas fuerzas armadas. Fue trasladada a la Escuela de Mecánica de la Armada donde se la mantuvo en cautiverio sometida a condiciones inhumanas de vida durante 48 horas, luego de lo cual fue liberada. En el transcurso del año 1977 fue nuevamente privada de su libertad. Era la esposa de la víctima (identificada en el caso n° 735) Alberto Luis Castro. Los hechos relacionados con este caso surgen de los dichos de Juan Alberto Castro en el legajo CONADEP 3133, y también de los legajos número 3882 y 3883.(requerimiento fiscal fs. 73.599); 906) Sebastián Teodoro. Fue privado ilegalmente de su libertad el 8/11/76 en el negocio de su propiedad ubicado en Av. Asamblea 220 de la ciudad de Buenos Aires. Fue conducido en un Ford Falcon a la Escuela de Mecánica de la Armada donde permaneció cautivo bajo condiciones inhumanas de vida esposado y encapuchado. Es el padre de Marcelo Pablo Pardo cuyo caso fue tratado bajo el número 779). Fue liberado al día siguiente. Tales hechos surgen del Legajo CONADEP 5125.-907) ZAVALA RODRIGUEZ, Camila y 908) ZAVALA RODRIGUEZ, Gimena fueron privadas ilegalmente de su libertad el 23 de diciembre de 1976 y trasladadas al Instituto de Menores Mercedes Lasala y Riglos ubicado en Moreno Provincia de Buenos Aires. Al momento de los hechos contaban con 2 y 4 años de edad respectivamente. El día anterior a su secuestro, se encontraban con su madre Olga Irma Cañueto de Zavala Rodríguez (caso n° 819) haciendo compras en Av. Corrientes y Lambaré, cuando integrantes del GT 3.3.2 capturaron a la madre, trasladándola a la Escuela de Mecánica de la Armada. En el mismo operativo, su padre Miguel Angel Zavala Rodríguez (caso 166) sostuvo un enfrentamiento con sus captores que terminó en su deceso. En ese contexto, las niñas quedaron solas y desamparadas en la vía pública y corrieron hasta su casda, donde un vecino las llevó a su vivienda. Al día siguiente, fueron secuestradas. Estos hechos surgen de los dichos de Félix Cañueto en el Legajo CONADEP 6906.909) SANCHEZ, Mabel Susana fue privada ilegalmente de su libertad el 28 de septiembre de 1977 en horas de la noche, en el domicilio de Catamarca 340 Villa Ballester, San Martín Provincia de Buenos Aires. Luego fue conducida a la Escuela de Mecánica de la Armada donde permaneció cautiva en condiciones inhumanas de vida y fue interrogada. El 29 de septiembre de 1977 fue liberada aproximadamente a las 15,30 horas en General Paz y Constituyenes de la ciudad de Buenos Aires. Estos hechos surgen de la declaración brindada por la víctima y por su padre, Juan Sánchez, obrantes en el legajo CONADEP 3276. Este caso tiene relación con el caso 868) de Luis Rodolfo “Toba” Sánchez.-910) BARRY, Alejandrina El 15 de diciembre de 1977 integrantes del GT 3.3 con base operativa en la E.S.M.A. capturó a Alejandrina Barry en una casa del balneario Lagomar, en las afueras de Montevideo, República Oriental del Uruguay donde se encontraba al cuidado de su madre, Susana Beatriz Mata. En esa ocasión, los perpetradores balearon la finca provocando la muerte de Susana Mata y privaron ilegalmente de su libertad a otras personas que se encontraban en el lugar: Risario Quiroga, María del Huerto Milesi, Rolado Pisarello y Laura Pisarello Milesi –entre otros- a quienes trasladaron a la E.S.M.A.. Ese mismo día, el padre de la víctima, Alejandro Barry, fue ultimado, tras ser embestido por automóviles pertenecientes a las fuerzas armadas argentinas en el aeropuerto de Carrasco, República Oriental del Uruguay. En esa oportunidad, fue también privado de su libertad, Jaime Feliciano Dri, quien luego fue trasladado en avión hasta Buenos Aires y alojado en la E.S.M.A. (ver presentación de fs. 41016/7). 911) YANKILEVICH, Claudia Inés 912) YANKILEVICH, Andrea, 913) hija de Andrea Yankilevich y Daniel Marcelo Schapira de 9 meses de edad. Las víctimas fueron privadas ilegítimamente de su libertad el día 4 de octubre de 1978 en el domicilio de la calle 150 n° 415 de Chilavert, Provincia de Buebos Aires. Posteriormente fueron trasladadas a la Escuela de Mecánica de la Armada donde permanecieron alojadas en condiciones inhumanas de vida. Claudia y Andrea aún permanecen desaparecidas. La niña fue recuperada por la familia el por intermedio del Juzgado de Menores de San Martín el 10 de octubre de 1978 por su abuela Eva Dascal de Yankilevich. Claudia Inés era la esposa de Jaime Eduardo Said y Andrea, la esposa de Daniel Marcelo Schapira. Las circunstancias relacionadas con estos hechos se encuentran plasmadas en el Legajo CONADEP 4443.
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