Municipalidad provincial de cañete



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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Gerencia de Sociedades de Auditoría

Año del Estado de Derecho y de la Gobernabilidad Democrática”



CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS N° 01-2004-CG
Información General de la Entidad
Razón Social

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

R.U.C. : Nº 20154440373


Representante Legal : RUFINA LEVANO QUISPE – Alcaldesa
Domicilio Legal

Dirección : Jr. Bolognesi Nº 250, San Vicente de Cañete

Teléfono : 581-2387 / 581-1560


I. TÉRMINOS DE REFERENCIA

a. Antecedentes de la entidad

La Municipalidad Provincial de Cañete, es un Órgano de Gobierno Local, que emana de la voluntad popular, tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía económica y administrativa en los asuntos municipales de su jurisdicción, aplicando las leyes y dispositivos que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público Nacional.

Cañete fue fundada el 30 de agosto de 1,556. Con la independencia del Perú y con la creación de los departamentos, provincias y distritos, recibió su título de provincia mediante Decreto Supremo del General Don José de San Martín, el 04 de Agosto de 1,821.

La Capital de la Provincia de Cañete, es el distrito de San Vicente de Cañete, la misma que fue elevada a la categoría de ciudad el 28 de Setiembre de 1,923, por Ley Nº 4790. La Provincia de Cañete comprende dieciséis (16) distritos, incluido el distrito capital. La Municipalidad Provincial de Cañete está ubicada en Jr. Bolognesi Nº 250, Distrito de San Vicente de Cañete, Provincia de Cañete, Departamento Lima.

Los objetivos de las Municipalidades de acuerdo a la Ley Nº 23853, y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son:

a) Representar al vecindario

b) Promover la adecuada prestación de los Servicios Públicos Locales

c) Fomentar el Bienestar de los Vecinos

d) Promover el Desarrollo Económico Local, con incidencia en la micro y pequeña empresa

e) Promover el Desarrollo Social, el Desarrollo de Capacidades y la equidad dentro de la jurisdicción.

El Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) Aprobado para el Ejercicio Fiscal - 2003, ascendió a S/. 9’361,629.71 nuevos soles, el mismo que fue aprobado mediante Acuerdo Nº 097-2002-MPC, del 17.Diciembre.2002; el mismo que ha tenido una serie de modificaciones en lo que va del período, habiéndose emitido las R. A. Nº 051-2003-AL-MPC, Nº 052-2003-AL-MPC, Nº 126-2003-AL-MPC y la R. A. Nº 146-2003-AL-MPC, elevando con ésta última el Presupuesto a S/. 9’788,108.11 nuevos soles.


La Municipalidad Provincial de Cañete, se rige por la siguiente Base Legal, entre otros

  • Constitución Política del Perú

  • Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades.

  • Leyes Nºs 25834 y Nºs 26317, Modificatorias de la Ley Orgánica de Municipalidades.

  • Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades(26.mayo.2003)

  • Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2003, Ley Nº 27879.

  • Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209.

  • Directiva Nº 008-2002-EF/76.01 - Directiva para la Programación y Formulación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el año fiscal 2003.

  • Directiva N° 002-2003-EF/76.01 - Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Año 2003.

b. Alcance y período de la auditoría.

b.1 Tipo de Auditoría

Auditoría Financiera – Operativa

b.2 Período de la Auditoría

Ejercicio Económico 2003


c. Objetivo de la auditoría.
Objetivos de la Auditoría Financiera

Objetivo General

c.1 Emitir opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros e Información Complementaria, preparados por la Municipalidad Provincial de Cañete al 31.DIC.2003, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados y disposiciones legales vigentes.



Objetivos Específicos

c.1.1 Determinar si los estados financieros preparados por la entidad, presentan razonablemente su situación financiera, los resultados de sus operaciones y flujo de efectivo, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados.


Objetivos del Examen Especial de la Información Presupuestaria

Objetivo General

c.2 Emitir opinión sobre la razonabilidad de la información presupuestaria preparada por la Municipalidad Provincial de Cañete al 31.DIC.2003 para la Cuenta General de la República; así como del grado de cumplimiento de las metas y objetivos previstos en el presupuesto institucional, en cumplimiento a lo establecido en la Directiva N° 013-2001-CG/B340, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 117-2001-CG de 27.JUL.2001.



Objetivos Específicos

c.2.1 Evaluar la aplicación del cumplimiento de la normativa vigente en las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto institucional teniendo en cuenta las medidas complementarias de austeridad o restricción del gasto público.

c.2.2 Establecer el grado de cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el presupuesto institucional, concordantes con las disposiciones legales vigentes.
Objetivos de aspectos operativos

c.3 Evaluar la implantación, funcionamiento y efectividad del Sistema de Control Interno en las áreas administrativas y en aquellas actividades vinculadas directamente con la misión y objetivos de la entidad, identificando y determinando el grado de solidez, eficiencia y eficacia de los controles clave que aseguren a la entidad al cumplimiento de sus objetivos y metas.


c.4 Evaluar la gestión administrativa y operativa de la entidad en cuanto al cumplimiento de las metas y objetivos previstos y resultados esperados, incidiendo en actividades primordiales propias de su naturaleza, determinando los resultados obtenidos en función a eficiencia, eficacia y economía.

c.5 Determinar si los ingresos que se captan por diferentes conceptos están debidamente registrados y administrados, verificando que la venta o alquiler de inmuebles o predios de propiedad o administración de la Entidad, se efectúa salvaguardando los intereses económicos de la Entidad y respetando la normativa vigente, enfatizando en el cumplimiento del aspecto tributario y en los controles y procedimientos de las cobranzas por venta y alquileres de bienes de propiedad de la Institución.

c.6 Evaluar la adquisición de bienes y servicios efectuados con o sin proceso licitario (incluyendo los sujetos a exoneración), a fin de verificar su sustento legal, y si fueron efectuados en términos de transparencia, economía y oportunidad, y si los mismos son utilizados para los fines que fueron previstos y se encuentran en condiciones adecuadas que no signifiquen riesgo de deterioro o despilfarro.

c.7 En cuanto a los Proyectos de Inversión u Obra Pública efectuadas directamente o a través de contratistas, determinar si:

c.7.1 Las etapas de estudio y ejecución, cuentan con los expedientes técnicos en relación a los criterios de ingeniería aplicables a la naturaleza de la obra; básicamente, respecto a las soluciones propuestas, nivel técnico de la ingeniería de detalle, procesos constructivos previstos, condiciones de las formas de medición y pago de los trabajos, costos y plazos estimados.

c.7.2 Se cuenta con una permanente y eficiente supervisión de las obras en ejecución, determinando la razonabilidad de los procesos de contratación de los contratistas y supervisores de obras; las condiciones establecidas en los contratos dentro del marco de la normativa vigente.

c.7.3 En la ejecución se han aplicado controles de calidad y existe información sustentatoria del indicado control; estableciendo si la ejecución se ha realizado en concordancia con la calidad técnica prevista en los expedientes técnicos y condición contractual, según la programación financiera y los plazos establecidos.

c.7.4 En la ejecución de la Obras Públicas se produjeron incrementos por presupuestos adicionales, y si los mismos contaron con la respectiva aprobación, correspondiendo a trabajos necesarios conforme a los fines del contrato, determinando si estos se encuentran debidamente sustentados con el expediente técnico, si generaron sobrecostos y si la Entidad dio observancia a las normas técnicas de control relacionadas con las Obras Públicas.

c.7.5 Los Bienes, Obras y Servicios producidos tienen por finalidad brindar un servicio público y debidamente justificado con los estudios de factibilidad e ingeniería, y si los indicadores económico – financieros supuestos en estos, se han materializado en la etapa de ejecución.

c.7.6 Se efectuó la liquidación de las Obras Públicas, y la recepción de las mismas de acuerdo a ley.

c.7.7 Se encuentran registradas como patrimonio público.

c.8 Determinar el grado de eficiencia, eficacia y economía del uso de los recursos provenientes del Fondo de Compensación Municipal, estableciendo si durante el período evaluado la administración dio cumplimiento de las normas que regulan la aplicación de este recurso y si se encuentran debidamente justificados y sustentados técnicamente.

c.9 Evaluar los controles implementados por la entidad respecto a las donaciones recibidas en el ejercicio a examinar, en función a la propiedad, uso y destino, estableciendo su correcta utilización y registro contable.

c.10 Efectuar el seguimiento a la implementación de las recomendaciones de las auditorías financiero – operativas realizadas por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, conforme a lo establecido por la Directiva N° 014-2000-CG/B150 aprobada por Resolución de Contraloría N° 279-2000-CG del 29.DIC.2000.
II. CARACTERÍSTICAS DEL TRABAJO

a. Lugar y fecha de inicio de la auditoría

El día de la firma del Acta de Instalación de la Comisión de Auditoría.

b. Fecha de Entrega de información

Los Estados Financieros, Notas, Anexos e Información Complementaria y Presupuestaria en general, así como otra información que se requieran para cumplir con su labor, serán entregados a la Sociedad designada: El día de inicio de la auditoría que no excederá del 02 de Abril de 2004.

c. Presentación del Plan de Auditoría y Programa de Auditoría

La Sociedad debe remitir a la Contraloría General el plan y programa de auditorías ajustadas en base al diagnóstico y análisis de riesgos de auditoría realizado, así como la determinación de objetivos específicos, cronograma de ejecución, en un plazo de quince (15) días calendario contados desde la fecha de inicio de la auditoría. Dicha información también se entrega en dispositivo de almacenamiento magnético o digital.

d. Plazo de realización de la auditoría y fecha de entrega de informes por la Sociedad.

La entrega de los informes deberá efectuarse en el siguiente plazo:


  • Informes de Auditoría Financiera, aspectos operativos y Examen Especial a la Información Presupuestaria: A los (45) días hábiles, contados a partir de la fecha de inicio de la auditoría.

Informe Especial


Si durante la ejecución de la acción de control se evidencian indicios razonables de la comisión de delito así como excepcionalmente, la existencia de perjuicio económico no sujeto a recupero administrativo, la comisión auditora, en cautela de los intereses del Estado y sin perjuicio de la continuidad de la respectiva acción de control emitirá con la celeridad del caso, un Informe Especial con el debido sustento técnico y legal en cumplimiento de la NAGU 4.50 y modificatorias.

La auditoría debe ser ejecutada de conformidad a la siguiente normativa:



  • Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas –NAGAs.

  • Normas Internacionales de Auditoría –NIAS.

  • Normas de Auditoría Gubernamental – NAGU, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 162-95-CG de 22.SET.95 y sus modificatorias.

  • Manual de Auditoría Gubernamental – MAGU, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 152-98-CG de 18.DIC.98.

  • Directiva N° 013-2001-CG/B340, aprobada con Resolución de Contraloría N° 117-2001-CG de 27.JUL.2001.

  • Guías de Auditoría y Disposiciones de Control emitidas por la Contraloría General de la República.

  • Otras normas aplicables a la profesión contable.

e. Costo de la Auditoría

El costo de la auditoría solicitada comprende:


Retribución Económica

S/.

18.487,39


Son: Dieciocho mil cuatrocientos ochenta y siete y 39/100 Nuevos Soles, a todo costo, con excepción del IGV, el cual será asumido por la entidad al momento de su cancelación.
f. Forma de Pago

La Sociedad señalará en su propuesta la forma de pago de la retribución económica conforme al siguiente detalle:



  • Hasta 50% de adelanto de la retribución económica, previa presentación de carta fianza.

  • El saldo o totalidad de la retribución económica se cancela a la presentación del último informe de auditoría.

g. Garantías Aplicables al Contrato

Los auditores otorgarán a favor de la Entidad:


  • A la firma del Contrato, una Carta Fianza incondicional, irrevocable, solidaria y de realización automática en el país a solo requerimiento de la entidad, sin beneficio de excusión, emitida por Institución Bancaria o Financiera autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros por el 20% del monto total del Contrato (retribución económica, IGV y gastos); válida hasta (60) días calendario después de la entrega del último informe de auditoría del período examinado, y de ser el caso en su oportunidad;

  • Otra Carta Fianza en las mismas condiciones, por el equivalente al monto de adelanto de la retribución económica más IGV, válida hasta la fecha de entrega del último informe de auditoría del período examinado.

h. Informes de auditoría

Al término de la auditoría, la Sociedad presentará al titular de la entidad examinada los siguientes ejemplares debidamente suscritos, sellados y visados en cada folio, dentro de los plazos señalados en el contrato:

(04) Ejemplares de los Informes de Auditoría Financiera, aspectos operativos y Examen Especial a la Información Presupuestaria.

Asimismo, deberán elevar en forma simultánea a la Contraloría General, una (01) copia de cada informe emitido, adjuntando un disquete 3.5 H.D. versión Word For Windows, conteniendo los informes desarrollados.

Adicionalmente, deberá remitir al titular de la Entidad y a la Contraloría General, un disquete conteniendo el Resumen del Informe de Auditoría en el Sistema de Auditoría Gubernamental – SAGU, según corresponda en cumplimiento de la Directiva Nº 009-2001-CG/B180, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 070-2001-CG de 30.MAY.2001.


i. Conformación del Equipo de Auditoría

El equipo de Auditoría propuesto debe estar integrado por profesionales con experiencia y capacitación en Auditoría, requiriéndose que el Supervisor y el Jefe de Equipo sean de condición permanente en la Sociedad.

Asimismo, se requiere que el equipo auditor cuente con los siguientes especialistas, quienes deberán contar con experiencia y capacitación a fines a su profesión:


  • Un (01) Ingeniero Civil

  • Un (01) Abogado para la evaluación de aspectos legales, así como para la determinación de responsabilidades a que hubiere lugar.

j. Reembolso de Gastos de Publicación

La Sociedad que obtenga la designación deberá abonar en la Tesorería de la Contraloría General o mediante depósito bancario dentro de los diez (10) días calendario de publicada la resolución, la parte proporcional del importe de los gastos de publicación (CONVOCATORIA) del presente Concurso, que será fijado de acuerdo al monto de la retribución económica de cada auditoría adjudicada de conformidad con lo establecido en el Art. 43º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría.
k. Aspectos de Control

El desarrollo de la Auditoría; así como, la evaluación del Informe resultante, se debe efectuar de acuerdo a la normativa vigente de control. La Contraloría General, de acuerdo al Art. 24º, de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, podrá disponer su reformulación, cuando su elaboración no se haya sujetado a la normativa de control.

Asimismo, la Contraloría General puede efectuar, en cualquier momento y en forma inopinada, visitas de trabajo a la entidad examinada y/o a las sociedades con los fines de supervisión de auditoría.

l. Representante



Se acredita ante este Organismo al señor CPC. Américo Espinoza Ferrer, Jefe del Órgano de Control Institucional, con facultad suficiente para actuar de coordinador en la elaboración de las Bases del Concurso y en calidad de observador en la apertura de propuestas técnicas en la fecha que se indique en la Convocatoria a publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”.
Nota.- Cuando la Entidad no cuente con Oficina de enlace, no es necesario que la Sociedad presente la Credencial visada por el representante de dicha entidad.

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