level
Trato preferencial/no preferencial
Trato PREFERENCIAL
: los acuerdos comerciales facilitan el comercio entre los países al reducir o eliminar los derechos
de aduana. Dado que crean relaciones preferenciales, en principio son contrarios al
principio de la nación más
favorecida
de la OMC, pero el
artículo XXIV del GATT
y la “
Cláusula de habilitación
” autorizan a los Miembros a
concertar acuerdos de este tipo. Los acuerdos comerciales preferenciales adoptan diversas formas o nombres :
•
Regímenes comerciales “recíprocos”: todas las partes reducen los aranceles que se aplican entre sí (“acuerdos
comerciales regionales” en la jerga de la OMC)
–
Acuerdos de libre comercio, zonas francas, acuerdos de asociación económica, uniones aduaneras, etc.
–
Acuerdos bilaterales (UE-Chile, Estados Unidos-Corea) o acuerdos regionales (por ejemplo, TLCAN, COMESA,
MERCOSUR, ASEAN, CCG, acuerdos de asociación económica UE-ACP, etc.)
•
Regímenes comerciales “no recíprocos” o “unilaterales”: solo una de las partes reduce o elimina sus aranceles
con respecto a las importaciones de las demás partes, mientras que estas continúan manteniendo los aranceles
(“acuerdos comerciales preferenciales” en la jerga de la OMC)
–
El “Sistema Generalizado de Preferencias” (SGP) de los países desarrollados o en desarrollo (por ejemplo, la
Ley de los Estados Unidos sobre Crecimiento y Oportunidades para África (AGOA) para los países del África
Subsahariana, la iniciativa de la UE “Todo menos armas”, las preferencias de China para los países menos
adelantados, etc.
Trato NO PREFERENCIAL
: los intercambios comerciales entre los Miembros de la OMC se llevan a cabo normalmente
sobre la base del principio de la “nación más favorecida”. En relación con los derechos de importación, esto significa
que, a falta de preferencias o excepciones, los Miembros de la OMC deben aplicarse entre sí el mismo derecho de
importación para los productos similares.
level
Preferencial frente a no preferencial
•
Las normas de origen que se aplican a una transacción
internacional son siempre las del país
IMPORTADOR: el país
importador es el que fija las condiciones de entrada de las
mercancías en su territorio. Por lo tanto, las normas de origen
tienen una repercusión directa en las condiciones de ACCESO A
LOS MERCADOS.
•
TODOS los acuerdos comerciales preferenciales tienen normas de
origen. En ese contexto, las normas de origen garantizan que los
beneficios previstos en un acuerdo se otorguen solo a los
productos “originarios” de una de las partes en el acuerdo.
•
De hecho, al aceptar NO APLICAR derechos de importación a un
artículo importado se concede ¡un verdadero beneficio! Y se trata
de una concesión ... dado que conlleva una condonación de
ingresos. No olvidemos que la mayoría de las autoridades
aduaneras rinden informe al … ¡Ministro de Hacienda!
•
Por lo tanto, la finalidad de las normas de origen preferenciales no
es tanto determinar el origen “real” de una mercancía, sino
CONFIRMAR que una mercancía para la que se reclama un trato
preferencial CUMPLE realmente las condiciones establecidas en el
acuerdo.
Normas de
origen
preferenciales
(regímenes
comerciales
“recíprocos” y “no
recíprocos” o
unilaterales)
level
Preferencial frente a no preferencial
•
No todos los países utilizan normas de origen no preferenciales
(dado que no conllevan ninguna concesión arancelaria).
•
Las normas de origen no preferenciales NO se utilizan para aplicar
preferencias comerciales, sino en el contexto de OTRAS MEDIDAS
DE POLÍTICA COMERCIAL tales como
contingentes
,
medidas
antidumping
,
medidas relativas a los alimentos y la salud
(sanitarias)
, etc. También se utilizan para que se indique el
país de
origen en las etiquetas
(políticas de protección de los
consumidores) y para recabar
estadísticas comerciales
. No todos
los países aplican normas de origen no preferenciales.
Normas de
origen no
preferenciales
(trato NMF)
level
Contingentes de importación
UNIÓN EUROPEA
Asignación de contingentes de importación para la carne de bovino de calidad superior 2012-2013
País exportador
Contingente 2012-2013
Cantidad expedida
%
Argentina
30.000
24.336
81,1
Australia
7.150
6.441
90,1
Uruguay
6.300
6.289
99,8
Brasil
10.000
2.978
29,8
Nueva Zelandia
1.300
1.281
98,5
Paraguay
1.000
0
0
Estados Unidos
11.500
432
3,8
Total
67.250
41.757
62,1
Fuente: Comisión de la UE
En la Unión Europea, la importación de carne se regula mediante contingentes. Cada país puede exportar
carne a la UE hasta un determinado volumen máximo (número de toneladas). Las normas de origen son
necesarias para rastrear las importaciones y controlar la tasa de utilización del contingente asignado a cada
país (distinguiendo la carne según el país de origen).