D E N A V A R R A
Año 2008
Número 137
Lunes, 10 de noviembre
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I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1.2. Decretos Forales
−
DECRETO FORAL 103/2008, de 20 de octubre,
por el que se modifica el Reglamento de Organi-
zación y Funcionamiento de la Policía Foral de
Navarra, aprobado por Decreto Foral 265/2004,
de 26 de julio.
12610
1.1.4. Resoluciones
−
RESOLUCIÓN 506/2008, de 10 de octubre, del
Director General de Inspección y Servicios, por la
que se aprueba el Plan Anual de Actuación del
Servicio de Inspección Educativa para el curso
2008/2009.
12614
1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones
−
RESOLUCIÓN 197/2008, de 17 de octubre, de la
Directora Gerente del Instituto Navarro de la Ju-
ventud, por la que se establecen las suplencias
de la Subdirectora de Juventud del Instituto Na-
varro de la Juventud.
12619
−
CONVOCATORIA para la provisión, mediante
concurso oposición, de un puesto de trabajo de
Facultativo Especialista de Área en Endocrino-
logía y Nutrición para el Servicio Navarro de Sa-
lud-Osasunbidea. Propuesta de nombramiento.
12619
−
CONVOCATORIA para la provisión, mediante
concurso oposición, de 4 puestos de trabajo de
Facultativo Especialista de Área en Psiquiatría
para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Propuesta de nombramiento.
12619
1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo,
oposiciones y concursos
−
RESOLUCIÓN 2491/2008, de 21 de octubre, del
Director de Recursos Humanos del Servicio Na-
varro de Salud-Osasunbidea, por la que se
aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos
y excluidos a la convocatoria para la provisión,
mediante Traslado por concurso de méritos, de
11 vacantes de Administrativo del Organismo
Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasun-
bidea de la Administración de la Comunidad Foral
de Navarra.
12620
1.3. OTRAS DISPOSICIONES
1.3.5. Estatutos y convenios colectivos
−
RESOLUCIÓN 716/2008, de 11 de septiembre,
de la Directora General de Trabajo y Prevención
de Riesgos, por la que se acuerda el registro,
depósito y publicación en el B
OLETÍN
O
FICIAL
de
Navarra del Convenio Colectivo de trabajo del
sector "Transporte de Viajeros por Carretera", de
Navarra (Expediente número: 79/2008).
12620
1.3.6. Otros
−
INFORMACIÓN PÚBLICA de la solicitud de au-
torización administrativa para la construcción de
instalaciones del proyecto: "Punto de entrega y
ERM para Gas Navarra, S.A., en Larrasoaña en
el término municipal del Valle de Esteribar (Na-
varra)".
12625
II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA
12625
2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES
GENERALES
12625
12610
Lunes, 10 de noviembre de 2008
B.O. de Navarra
−
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2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones
12636
2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo,
oposiciones y concursos
12636
2.3. OTRAS DISPOSICIONES
2.3.1. Autorizaciones y Licencias
12641
2.3.3. Expropiación Forzosa
12643
2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales
12643
2.3.5. Otros
12646
V. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
12652
VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES
12660
VIII. ANUNCIOS
12665
8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES
12665
I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1.2. Decretos Forales
DECRETO FORAL 103/2008, de 20 de octubre, por el que se modi-
fica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Policía Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 265/2004,
de 26 de julio.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Mediante Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio, se aprobó el Re-
glamento de organización y funcionamiento de la Policía Foral de Na-
varra. Con el citado texto reglamentario el Gobierno de Navarra im-
plantaba un modelo organizativo de la Policía Foral que permite res-
ponder de forma integral a las necesidades de los ciudadanos, confi-
gurándola como una policía de referencia en el marco de la Constitu-
ción, la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y
Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, la Ley Orgánica 2/1986,
de 3 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el
entonces vigente Texto Refundido de la Ley Foral de Cuerpos de Po-
licía de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 213/2002, de
14 de octubre.
Posteriormente, la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de Policías
de Navarra, sin romper con el régimen precedente, da una nueva di-
mensión a los Cuerpos policiales de Navarra, configurando a la Policía
Foral como una institución moderna, en pleno desarrollo territorial, téc-
nico y humano.
La necesidad de adaptación del Título II del Reglamento de organi-
zación y funcionamiento de la Policía Foral al texto legal antedicho y la
nueva dimensión funcional del Cuerpo de Policía Foral se convierten
en las premisas básicas del presente Decreto Foral. Se trata por lo
tanto de una modificación dirigida a la adaptación a la normativa vigente
y a la satisfacción de las necesidades planteadas para la correcta
prestación del servicio público de seguridad.
En gran medida la modificación se fundamenta en el ejercicio de la
potestad de autoorganización de la que es titular la Administración de
la Comunidad Foral de Navarra. Con esa intención se eliminan aquellos
artículos que hacían referencia a Autoridades superiores, que encuen-
tran la justificación de su existencia, sus funciones y su estructura en
otra normativa legal o reglamentaria. Se trata ahora de estructurar ex-
clusivamente el cuerpo policial.
Se procede a una detallada redacción de las funciones propias de
cada Área, agrupando las Divisiones de acuerdo a las técnicas mo-
dernas de trabajo y a los fenómenos delincuenciales emergentes. Dos
son las características fundamentales de la reforma, por un lado la
creación de unidades centrales internas que sirvan de apoyo al resto
del Cuerpo buscando una mayor eficacia en el servicio prestado y por
otro el acercamiento de las labores policiales al ciudadano.
En su virtud, de acuerdo con el Consejo de Navarra, a propuesta
del Consejero de Presidencia Justicia e Interior, y de conformidad con
la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada
el día veinte de octubre de dos mil ocho,
DECRETO:
Artículo único.
−
Modificación de Reglamento.
Se modifica el Título II y los artículos 37 y 38 del Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, apro-
bado por Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio, que quedan redac-
tados como sigue:
1.
Se modifica Título II del Reglamento de Organización y Fun-
cionamiento de la Policía Foral, aprobado por Decreto Foral 265/2004,
de 26 de julio que queda redactado como sigue:
TÍTULO II
De la organización de la Policía Foral
CAPÍTULO I
Estructura organizativa
Artículo 5.
Jefe de la Policía Foral.
1.
Bajo la autoridad e inmediata dependencia del Director General
de Interior, corresponde al Jefe de la Policía Foral la dirección y el
mando operativo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, con la fi-
nalidad de velar por el cumplimiento de las políticas y de los objetivos
que sobre protección y seguridad ciudadana se determinen para dicho
Cuerpo en el ejercicio de las funciones que le asigne la normativa vi-
gente.
2.
Corresponden también al Jefe de la Policía Foral, las siguientes
atribuciones:
a)
El impulso, coordinación y seguimiento de la actividad de todas
las Áreas que integran la Policía Foral de Navarra.
b)
Inspeccionar el estado de instrucción del personal, el de con-
servación del material, la ejecución de los servicios y, en general, todo
lo relativo a la Policía Foral.
c)
Informar a los órganos superiores sobre el funcionamiento y
organización del Cuerpo.
d)
Coadyuvar en la elaboración de los planes de formación para
la Policía Foral.
e)
Prever anualmente las necesidades presupuestarias y elevarlas
al Director General de Interior.
f)
Mantener las relaciones pertinentes con los Jueces, Tribunales
y Fiscales, en las funciones de Policía Judicial que correspondan a la
Policía Foral.
g)
Incoar los expedientes por faltas disciplinarias leves, sancionar
las mismas y promover la incoación de expedientes por faltas discipli-
narias graves o muy graves.
h)
otorgar la felicitación pública o privada a los miembros del
Cuerpo que se hagan acreedores de ello, salvo que recabe para sí su
otorgamiento el Consejero, y proponer la concesión de otras recom-
pensas.
i)
Entablar y mantener las relaciones pertinentes con otros
Cuerpos de Policía en orden a una eficaz colaboración y coordinación.
j)
Representar a la Policía Foral ante otras Autoridades y orga-
nismos, sin perjuicio de la representación que corresponde a las Au-
toridades superiores.
k)
Las demás que le atribuyan las disposiciones aplicables.
3.
El Jefe de la Policía Foral, cargo con carácter de personal
eventual, será nombrado y cesado libremente por el Gobierno de Na-
varra a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.
Tanto el nombramiento como su cese, deberá ser publicado en el
B
OLETÍN
O
FICIAL
de Navarra.
4.
En caso de ausencia, enfermedad u otro impedimento temporal,
el Jefe de la Policía Foral será sustituido interinamente en el ejercicio
de sus funciones y hasta su incorporación por el Comisario Principal
que designe el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. En caso
de no realizarse designación expresa, el Jefe de la Policía Foral será
sustituido por el Comisario Principal de mayor antigüedad en el empleo
y en el caso de igualdad por el orden final obtenido en su respectiva
convocatoria.
5.
Para la realización de tareas operativas o dispositivos espe-
ciales de seguridad, el Jefe de la Policía Foral podrá organizar, sin
perjuicio de la adscripción orgánica, Equipos de trabajo, por la tempo-
ralidad que exijan las circunstancias motivadoras de los mismos, aten-
diendo a criterios de funcionalidad, que serán dirigidos operativamente
por el mando jerárquico de mayor graduación y antigüedad en el em-
pleo que designe el Jefe de la Policía Foral, de entre los integrantes
de los mismos.