I comunidad foral de navarra



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Lunes, 10 de noviembre de 2008

B.O. de Navarra

Número 137



Parte Dispositiva:

Primero.


Se despacha ejecución a instancia de doña Petra Mª Iz-

pura García contra Egaliobra Navarra, S.L., por un principal de 1.343,76

euros, más 100,782 euros de intereses provisionales y la de 134,376

euros de costas provisionales.

Segundo.


Trabar embargo de los bienes de la/s demandada/s en

cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a

la averiguación de los mismos y a tal fin, expídanse los correspon-

dientes oficios y mandamientos al Señor Jefe Provincial de Tráfico

(punto neutro), Ilmo. Alcalde, Servicio de Índices del Registro de la

Propiedad y también al Señor Director de la Agencia Tributaria, a fin

de que comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública

se adeuda alguna cantidad al ejecutado por el concepto de devolución

por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre

el Valor Añadido, o cualquier otro. Y asimismo para que todos ellos, y

sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco

días, faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de

que tenga constancia. Advirtiéndose a las Autoridades y funcionarios

requeridos de las responsabilidades derivadas del incumplimiento in-

justificado de lo acordado (arts. 75.3 y 238.3 de la LPL).En caso posi-

tivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de la

ejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y

consiguiente certificación, así como el embargo de las cantidades pen-

dientes de devolución por la Hacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir

la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas

a la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado

en el Grupo Banesto, referencia del juzgado, 3159 000 64 0027 08 sito

en Cortes de Navarra número 5 de Pamplona.

Asimismo, se acuerda el embargo de todos los ingresos que se

produzcan y de los saldos acreedores existentes en las cuentas co-

rrientes, depósitos de ahorro o análogos, así como de cualquier valor

mobiliario titularidad de la apremiada, en los que la correspondiente

entidad financiera actuar como depositario o mero intermediario, hasta

cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados.

Líbrese las oportunas comunicaciones a las entidades financieras del

domicilio de la apremiada, para la retención y transferencia de los

saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objeto de apremio, y

advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrir

quienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sus-

traer alguna parte de sus bienes o créditos (arts. 519 y ss del CP y 893

Código de Comercio), e indicándosele que debe contestar al reque-

rimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde su

notificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en los

artículos 75 y 238,3 LPL.

Tercero.

Advertir y requerir al ejecutado de las obligaciones y re-



querimientos que se le efectúan en los razonamientos jurídicos cuarto

y quinto de esta resolución y de las consecuencias de su incumpli-

miento que se detallan en el razonamiento sexto y que podrán dar lugar

a la imposición de apremios pecuniarios en cuantía de hasta 300 euros

por cada día de retraso.

Cuarto.


Dar traslado de esta resolución y del escrito interesando la

ejecución al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar

en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de reci-

birla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que

se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Egaliobra Na-

varra, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción

en el B

OLETÍN


 O

FICIAL


 de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra

notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate

de emplazamiento.

Pamplona, 22 de septiembre de 2008.

La Secretaria Judicial,



Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

J0816524


 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

NÚMERO UNO DE TAFALLA

Edicto juicio de faltas número 146/2007

Doña Ana María Poncela García, Secretaria del Juzgado de Ins-

trucción número Uno de Tafalla y su partido.

Hace saber: Que en este juzgado se sigue juicio de faltas 146/2007,

habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor

literal siguiente:

Sentencia número 137 de 2007. En Tafalla a 19 de diciembre de

2007.


Vistos por don Diego Bermejo Yanguas, Juez del Juzgado de Pri-

mera Instancia e Instrucción Número Uno de Tafalla y su partido judi-

cial, los presentes autos de juicio de faltas número 146/07 seguidos por

falta contra el orden público consistente en una falta de desobediencia

leve a los agentes de la autoridad, con la intervención del Ministerio

Fiscal, siendo parte denunciante los Agentes de la Policía Municipal de

Milagro con números de identificación 312320 y 314320 y parte de-

nunciada don Mustapha Souiyah, que no compareció al acto del juicio,

a pesar de estar citado en legal forma.

Fallo: Que debo condenar y condeno a don Mustapha Souiyah

como autor de una falta contra el orden público, concretamente una

falta de desobediencia leve a los Agentes de la Autoridad del artículo

634 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modifi-

cativas de la responsabilidad, a la pena de multa de 30 días con una

cuota diaria de 10 euros, que hacen un total de 300 euros, con una

responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad

por cada dos cuotas diarias insatisfechas; así como al pago de dos

terceras partes de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las demás

partes, llevando testimonio de la presente a los autos originales.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe inter-

poner recurso de apelación en ambos efectos en este juzgado para

ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Navarra en el plazo de cinco

días desde su notificación.

Así por ésta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta ins-

tancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a Mustapha Souiyah hoy

en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Tafalla, 29 de octubre de 2008.

La Secretaria Judicial, Ana María



Poncela García.

J0816474


 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

NÚMERO DOS DE TUDELA

Expediente de dominio número 0000433/2008

Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado

de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tudela

Hago saber: que en este juzgado se sigue el procedimiento expe-

diente de dominio número 0000433/2008 a instancia de don José Luis

Casado Fernández y doña Ana Mª Jiménez García expediente de do-

minio para la rectificación de tracto sucesivo de la siguiente finca:

Rústica.


finca en jurisdicción de Tudela (Navarra) fracción o parte

de corraliza llamada mixta de la plana y rabosillos, de mil setecientas

ochenta robadas y dos almutadas, equivalentes a ciento cincuenta y

nueve hectáreas, noventa y tres áreas y setenta y tres centiáreas de

superficie.

Consta inscrita con el número 8.018 al folio 203, del t. 3.425, libro

974 de Tudela

Por el presente y en virtud de lo acordado en la providencia de esta

fecha se convoca al último titular registral don Benjamín Rosano

Aguado, Casado Con doña Pilar Mateo Cervera en cuanto a cuatro

dieciochoavas partes indivisas para su sociedad conyugal, doña Felisa

Oliver Ribas respecto de diez dieciochoavas partes indivisas, y de doña

Emiliana y don Félix Alonso Mateo en cuanto a las cuatro dieciochoavas

partes indivisas restantes, a las personas ignoradas a quienes pueda

perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez

días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en

el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

Tudela, 17 de junio de 2008.

El Secretario, Luis Francisco Bernal



Martín.

J0816532


 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

NÚMERO TRES DE TUDELA

Edicto juicio de faltas inmediato 14/2008

Se hace saber que en este juzgado se sigue el procedimiento arriba

indicado, por hurto habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento

y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia. En Tudela a 15 de septiembre de 2008.

Por la presente sentencia resuelvo la causa de juicio de faltas in-

mediatas número 14/2008 por presunta falta de hurto, contra Paul

Cristian Rus y Niculae Ioan Nagi. Ha sido parte denunciante Luis Miguel

García del Pozo. Ha sido parte el Ministerio Fiscal, en ejercicio de la

acción pública.

Fallo: Se condena, a Paul Cristian Rus y Niculae Ioan Nagi como

autores de una falta de hurto de las previstas en el artículo 623.1 CP,

a cada uno, a la pena de multa de 30 días, con una cuota diaria de 5

euros, lo que hace un total de 150 euros, con la responsabilidad per-

sonal subsidiaria de un día de privación de libertad cada dos cuotas

insatisfechas, y a abono de las costas ocasionadas en este juicio.




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