G-1.02–G-1.03
La
Forma De Gobierno
G-1.0201–G-1.0304a
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Libro De Orden 2017/2019
A la discreción del presbiterio podrán entonces ser declarados una congregación constituida del presbiterio.
La congregación podrá entonces proceder a la elección de ancianos/ancianas gobernantes y, si deciden, de diáco-
nos/diaconisas. El presbiterio preparará, examinará, ordenará, e instalará las nuevas personas electas. El presbite-
rio continuará trabajando de cerca con la congregación para asegurarles dirección pastoral, en los planes para el
servicio y testimonio de la iglesia local, en la coordinación de su trabajo con otras congregaciones, en el asesora-
miento con relacion a la incorporación y al reglamento interior de la congregación de manera que esté
conforme
con la Constitución de la Iglesia Presbiteriana (EE.UU.) y en dar otras formas de apoyo y estímulo que fortalezca
la misión de la congregación en la más amplia vida de denominación.
G-1.03 L
A
M
EMBRESÍA DE UNA
C
ONGREGACIÓN
G-1.0301 El significado de membresía y bautismo
En Jesucristo, Dios llama a las personas a la fe y a ser miembros de la Iglesia, el Cuerpo de Cristo. El bautis-
mo es la señal visible de ese llamado y reclamo de Dios sobre la vida humana y la entrada a la membrecía de la
iglesia. El bautismo de niños y niñas testifica de la verdad del amor de Dios que llama a las personas aun antes de
que puedan responder en fe. El bautismo de aquellas personas que entran al pacto de membresía por profesión de
fe atestigua a la verdad de que el don de la gracia de Dios clama por una respuesta de fe. Así, el Dios Trino encar-
nado
en la vida, muerte y resurrección de Jesucristo le da a la Iglesia no sólo su misión, sino también su entendi-
miento de lo que significa ser un miembro de ella.
G-1.0302 Bienvenida y apertura
La congregación recibirá a todas las personas que confíen en la gracia de Dios en Jesucristo y deseen llegar a
ser parte de la confraternidad y del ministerio de su Iglesia (F-1.0403). A ninguna persona se le negará el derecho
de ser miembro por ninguna razón que no esté relacionada a la profesión de fe. El evangelio lleva a los/as miem-
bros a extender la confraternidad de Cristo a todas las personas. No hacerlo así constituye un rechazo al mismo
Cristo y es causa de escándalo para el evangelio.
G-1.0303 Ingreso a la membresía
Las personas pueden ingresar como miembros activos en la iglesia de las siguientes maneras:
a. Por profesión pública de fe, después de ser instruidas y examinadas cuidadosamente por el Consistorio en
relación al significado y a las responsabilidades de la membresía. La persona que hace profesión de fe será bauti-
zada, si no lo ha sido;
b. Certificado
de transferencia, si la persona es miembro de otra iglesia cristiana a la hora de la transferencia;
c. Reafirmación de fe, para las personas que han sido previamente bautizadas en el nombre del Dios trino y
habiendo profesado públicamente su fe.
G-1.0304 El ministerio de la membresía
a. El ser miembros en la iglesia de Jesucristo es un gozo y un privilegio. También es un compromiso a parti-
cipar en la misión de Cristo. Un miembro fiel da testimonio de Cristo para ser testigo del amor y la gracia de Dios
y promete involucrarse responsablemente en el ministerio de la Iglesia de Cristo. Tal envolvimiento incluye:
proclamar las buenas nuevas en palabras y hechos,
participar en la vida común y en la adoración de la congregación,
levantarnos mutuamente en oración, cuidado mutuo y apoyo activo
estudiar la Escritura y los asuntos de la fe y la vida cristiana,
apoyar el ministerio de la iglesia mediante dádivas
de dinero, tiempo y talentos,
demostrar una nueva calidad de vida dentro y a través de la iglesia,
responder a la actividad de Dios en el mundo mediante el servicio a otras personas,
Las congregaciones y su membresía
G-1.03–G-1.05
G-1.0304a–G-1.0501
Libro De Orden 2017/2019
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vivir responsablemente en las relaciones de vida, tanto en lo personal, como en lo familiar, vocacional, políti-
co, cultural
y social,
trabajar en el mundo por la paz, la justicia, la libertad y el desarrollo humano,
cuidar por la creación de Dios,
participar en las responsabilidades gubernamentales de la iglesia, y
revisar y evaluar regularmente la integridad de su membresía, y considerar maneras en las cuales la participa-
ción en la adoración y el servicio de la iglesia se puede incrementar y hacer más significativa.
G-1.04 C
ATEGORÍAS DE
M
EMBRESÍA
La membresía de una congregación de la Iglesia Presbiteriana (EE.UU.) incluye miembros bautizados, miem-
bros activos, y miembros afiliados.
G-1.0401 Membresía
bautizada
Un/a miembro bautizado/a es una persona que ha recibido el sacramento del bautismo,
ya sea en dicha con-
gregación o en cualquier otra, y a quien el consistorio ha anotado en la lista de miembros bautizados, pero quien
no ha hecho una profesión de fe en Jesucristo, como Señor y Salvador. Tales miembros tienen derecho al cuidado
pastoral e instrucción de la iglesia y a la participación en el Sacramento de la Cena del Señor.
G-1.0402 Membresía
activa
Un/a miembro activo/a es una persona que ha hecho profesión de fe en Cristo, ha sido bautizado/a, ha sido re-
cibido/a
como miembro de la iglesia, se ha sometido voluntariamente al gobierno de esta iglesia y está activo/a en
la obra de la iglesia y en la adoración. Además, los/as miembros activos/as participan en el gobierno de la iglesia,
y pueden ser elegidos para el ministerio de ordenación (ver G-2.0102). Los/as miembros activos/as deberán con
regularidad, después de considerarlo en oración, comprometerse a las disciplinas y responsabilidades de la mem-
bresía expresadas en G-1.0304. El Consistorio tiene la responsabilidad de preparar a aquellos/as que habrán de
convertirse en miembros activos/as de la congregación.
G-1.0403 Membresía
afiliada
Un miembro afiliado/a es un miembro de otra congregación, de esta u otra denominación o cuerpo cristiano,
que se ha trasladado temporalmente de la comunidad donde está situada la congregación de la cual es miembro,
ha presentado un certificado de buenas relaciones del cuerpo gobernante correspondiente de aquella iglesia, y ha
sido recibido/a por el consistorio como un miembro afiliado/a. Un miembro afiliado/a tiene todos los derechos y
privilegios de un miembro activo/a excepto el derecho a votar en una reunión congregacional o ser elegido/a a un
ministerio de ordenación o a otro oficio en la congregación.
G-1.0404 Otras formas de participación
Las personas que no son miembros de, o que han cesado su participación
activa dentro de, una Iglesia Presbi-
teriana (EE.UU.) son bienvenidas y pueden participar en la vida y adoración de esta iglesia y recibir su cuidado
pastoral e instrucción. La invitación a la Cena del Señor es extensiva a todos/as los/as que se hayan bautizado,
recordando que el acceso a la mesa no es un derecho otorgado a los poderosos, sino un privilegio ofrecido a los
carentes de méritos que vienen en fe, arrepentimiento y amor (
W-3.0409
). Miembros de otras iglesias cristianas
pueden presentar
sus hijos para ser bautizados, en conformidad con
W-3.0403
.
G-1.05 R
EUNIONES CONGREGACIONALES
G-1.0501 Reuniones anuales y especiales
La congregación celebrará una reunión anual, y si fuere necesario, puede celebrar otras reuniones especiales,
para cualquiera o todos los propósitos apropiados a consideración de la congregación. Los negocios a ser conside-
rados en las reuniones especiales se limitarán a los señalados en la convocatoria.
Todos/as los/as miembros activos/as presentes en la reunión anual o especial tienen derecho a votar. La con-
gregación proveerá por regla el quórum necesario para llevar a cabo la reunión.