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También se acredita un incremento de su patrimonio a través de la aeronave Matrícula LV-NR, Pipper, que fue vendida, en fecha 01/03/2011, por Meldorek S.A. –representada por  Gotkin- a CRZ Construcciones S.A. –representada por Juan Ignacio Stoessel, D.N.I. nro. 24.159.004-, por un importe total de U$S 650.000, así surge del Boleto de Compraventa, como del “Acta de Certificación e Firmas” realizada por la Escribana Susana L. Dúcil y del Folio Real nro. 397 obrante en el Registro Nacional de Aeronaves, esta operación se encuentra aún pendiente de inscripción razón por la cual la empresa CRZ a través de sus representantes inició un incidente ante VS a fin de lograr la efectivización de la transacción. Según informara la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el valor de mercado  de esta aeronave oscila entre los U$S 450.000 y U$S 800.000.

Por otro lado, se corroboró que la empresa cuenta con bienes inmuebles. Respecto de tres de ellos, con fecha 6 de mayo de 2010, Alejandro Abraham Gotkin, en representación de la firma Meldorek S.A. compró, a la señora María Alejandra Bonafini (D.N.I. nro. 17.666.975), la Unidad Funcional nro. 15, ubicada en el 4º y 5º  piso de la calle 44, nro. 1324, partido de La Plata, provincia de Buenos Aires, las partes manifestaron que por dicha operación se abonaron U$S 25.000. Ello conforme surge de la Escritura nro. 258 realizada por el Escribano de la Capital Federal Carlos Víctor Gaitán -Titular del Registro Notarial nro. 1.481, Matrícula nro. 3944-, así como de la Matrícula nro. 207.665/15-055 obrante en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.

En fecha 15 de abril de 2010, Alejandro Abraham Gotkin en representación de la firma Meldorek S.A. compró,  al señor Alejandro Adrián Tamburelli (D.N.I. nro. 18.315.619), la Unidad Funcional nro. 1, ubicada en el 1º  piso de la calle Nahuel Huapi 2035/5037/5041, Capital Federal, las partes manifestaron que por dicha operación se abonaron U$S 31.222. Ello conforme surge de la Escritura nro. 52 realizada por la Escribana de la Capital Federal Marcela Mariana Ginart -Registro Notarial nro. 347, Matrícula nro. 4632-, así como de la Matrícula nro. 16-45917/1 obrante en el Registro Nacional de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal. 

Por otro lado, el  2 de marzo de 2010, Pablo Gustavo Mensa (D.N.I. nro. 13.242.579) cedió a Alejandro A. Gotkin y Sergio M. Schoklender, ambos en representación de Meldorek S.A., las Unidades Funcionales nro. 2 y 13, ubicadas en Álvarez Thomas 3462/3464, Capital Federal, por lo que abonó $340.000. En fecha 20 de julio de 2010, el señor Mensa adjudicó a Meldorek S.A. las Unidades Funcionales nro. 2 -1º piso- y 13 -7º piso-, ubicadas en Álvarez Thomas 3462/3464, Capital Federal, con una superficie de 49,24 y 48,9 metros cuadrados, respectivamente. Ello conforme surge de la Escritura nro. 132 realizada por el Escribano de la Capital Federal Norberto Javier Tomás Vila Sánchez -Registro Notarial nro. 1559, Matrícula nro. 3926.

Meldorek S.A., nuevamente representada por Alejandro A. Gotkin,  en fecha 6 de diciembre de 2010, adquirió de la señora Graciela Beatriz González (D.N.I. nro. 13.131.638), el inmueble sito en la Avenida Combatientes de Malvinas 3882, Capital Federal, por un monto total de U$S 235.000, abonados en efectivo al momento de la escrituración. Ello conforme surge de la Escritura nro. 78 realizada por la Escribana de la Capital Federal Claudia Florencia Diradourian –Adscripta al Registro Notarial nro. 1481 (cuyo Titular es Carlos Víctor Gaitán), Matrícula nro. 5076-, así como de la Matrícula nro. 16-26766 obrante en el Registro Nacional de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal.

En fecha 9 de abril de 2010, Alejandro A Gotkin, en representación de Meldorek S.A., adquirió a Rubén Jorge Klang (D.N.I. nro. 10.703.756) y Fabricio Nicolás Klang (D.N.I. nro. 29.799.213), la embarcación denominada “Areté”, Matrícula REY 044668. Meldorek S.A. abonó U$S 420.000 por la embarcación; U$S 50.000 en efectivo al momento de la Escritura; más 9 cuotas mensuales de U$S 41.111 y una última cuota mensual de U$S 41.112; ello en virtud de que se gravó el bien con una hipoteca de U$S 370.000 en favor de los señores Klang. Ello conforme surge de la Escritura nro. 187, realizada por el Escribano de la Capital Federal Carlos Víctor Gaitán (Titular del Registro nro. 1484, Matrícula nro. 3944), así como de la Matrícula REY 044668 obrante en el Registro Nacional de Buques. La hipoteca mencionada fue cancelada en su totalidad, en efectivo, por parte de Meldorek S.A., conforme surge de la Escritura nro. 223 “Cancelación de Hipoteca, Embarcación ‘Areté’: Rubén Jorge Klang y otro a favor de Meldorek S.A.”, realizada, en fecha 6 de mayo de 2011,  por el Escribano de la provincia de Buenos Aires, partido de San Fernando, Jorge Arturo Álvarez (Adscripto al Registro nro. 25, Carnet nro. 4791). Asimismo, según surge del “Contrato de Locación Temporal para Guarda de Embarcación” celebrado entre Alejandro Gotkin, por Meldorek S.A., y Canestrari Hnos. S.A.C.I.F, los autorizados a utilizar la embarcación eran los señores Sergio Mauricio Schoklender y Guillermo Marcelo Gillert –D.N.I nro. 20.004.916.

     En su oportunidad se acompañó parte de la investigación preliminar efectuada por la UFILAVDIN respecto de la mencionada embarcación, en donde se constató que Sergio Schoklender utilizaba la embarcación, además, que existía un contrato de locación de amarra entre Canestrari  Hermanos SACIF y Alejandro Abraham Gotkin como Presidente de Meldorek, encontrándose como autorizados para navegar Sergio Mauricio Schoklender y Guillermo Sergio Gillert (confr. fs. 8227/9).

     También se acompañan datos correspondientes a la embarcación Sirus, Matricula REY 051260, la que conforme surge del Contrato de Construcción Naval fue construida por “Astilleros Delta SA” para “Meldorek SA, asimismo se informó que la embarcación fue entregada al Sr. Caparrós y Martich en el año 2004 (Confr. Oficio remitido por el apoderado del Astillero Delta SA al Fiscal General a cargo de la UFI, actuaciones fs. 34 del legajo personal de Sergio Schoklender). Actualmente el dueño de la embarcación es el Sr. Caparros Gómez, conforme copia de la escritura que ya fuera acompañada en las actuaciones.

Por otro lado, también se constató un importante flota automotriz vinculada con la empresa entre ellos, el 1º de abril de 2011, Meldorek S.A. adquirió los vehículos automotores Citroen Berlingo Multispace 1.6, dominios JVT 433 y JVT 434, conforme informa la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (confr. legajo personal de Alejandro Gotkin nro. 3 fs.142/143). Ambos rodados fueron asegurados ante la firma Mapfre Argentina Seguros, pólizas 101-7579261-01 y 101-7606856-01, respectivamente, por la cuales abonan $525,7 y $512,9, mensualmente por cada automotor (Idem fs. 145/147 y 149). 

En fecha 5 de mayo de 2011, Meldorek S.A. adquirió el vehículo automotor Citroen Berlingo Multispace 1.6, dominio JYJ 905, conforme informa el Registro Nacional de la Propiedad Automotor (fs. 143/144). El mismo, también se aseguró ante Mapfre Argentina Seguiros S.A., abonando por ello $470,6 mensuales (idem fs. 148).

Conforme informó el Representante Legal de la Caja de Seguros S.A., la empresa Meldorek SA aseguró ante la compañía el automotor marca FERRARI 430 COUPE, año 2006, dominio FKX 097, desde el 17/8/2010 hasta el 28/12/2010, bajo la póliza nro. 6100010214201 a 6100010214205 inclusive. Indicó además que en la cédula verde figura como titular la empresa Meldorek S.A. Por último, señaló que desde el 28/12/2010 cambió de titular del seguro a nombre de Fara Luis Malek, y en consecuencia se emitió la póliza 6060009470901, vigente a la fecha (fs. 172/174).

Entre los socios de Meldorek SA se encuentra Gustavo Serventich (imputado en esta causa),  a quien se lo vincula también con las empresas investigadas Vinisa Fueguina SA, Amcor Holdings Australia PTY y Amcor Pet Packaging de Argentina SA., que en su momento pasaron a integrar el objeto de la imputación.

Además de ello, en relación a la adquisición de bienes muebles e inmuebles por parte de Meldorek SA se debe destacar que el señor Alejandro Abraham Gotkin (D.N.I. nro. 18.750.235), en su carácter de Presidente de Meldorek S.A. (CUIT nro. 30-70837472-1), confirió Poder Especial a favor de José Antonio Cachafeiro (D.N.I. nro. 11.119.546) y Maximino Manuel Darío Fernández (D.N.I. nro. 13.209.546) para que, en nombre y representación de la sociedad, actuando en forma indistinta, vendan los siguientes bienes: a) Nahuel Huapi 5035/5037/5041, piso 1º, U.F. nro. 1, C.A.B.A.; b) Nahuel Huapi 5035/5037/5041, piso 1º, U.F. nro. 2, C.A.B.A; c) Álvarez Thomas 3462/3464, piso 1º, U.F. nro. 2, C.A.B.A.; d) Álvarez Thomas 3462/3464, piso 7º, U.F. nro. 13, C.A.B.A. Ello conforme surge de la Escritura nro. 53, fechada el 13 de mayo de 2011, realizada por la Escribana Marta Beatriz Marchese (Matrícula nro. 3239, Registro Notarial nro. 32). (fs. 18/19 del legajo personal de Maximino Fernández nro. 12).   

Con fecha 17 de mayo de 2011, Meldorek S.A., representada por su apoderado Maximino Manuel Darío Fernández (D.N.I. nro. 13.209.356), vendió a Salvador Osvaldo Virzi (D.N.I. nro. 4.516.347) la Unidad Funcional nro. 2, ubicada en el 1º  piso de la Avenida Álvarez Thomas 3462/3464, Capital Federal, con una superficie total de 49,24 metros cuadrados; se abonó por dicha operación U$S 55.000 en efectivo al momento de la Escritura. Ello conforme surge de la Escritura nro. 55 realizada por la Escribana de la Capital Federal Marta Beatriz Marchese -Registro Notarial nro. 32, Matrícula nro. 3239-, así como de la Matrícula nro. 16-29182/2 obrante en el Registro Nacional de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal (idem fs.20/27).

Asimismo, en fecha 2 de junio de 2011, Meldorek S.A., representada por su apoderado Maximino Manuel Darío Fernández (D.N.I. nro. 13.209.356), vendió a Romina Ana Viscarret (D.N.I. nro. 24.445.071) la Unidad Funcional nro. 13, ubicada en el 7º  piso de la Avenida Álvarez Thomas 3462/3464, Capital Federal, con una superficie total de 48,69 metros cuadrados; se abonó por dicha operación U$S 70.000 en efectivo al momento de la Escritura. Ello conforme surge de la Escritura nro. 67 realizada por la Escribana de la Capital Federal Marta Beatriz Marchese -Registro Notarial nro. 32, Matrícula nro. 3239-, así como de la Matrícula nro. 16-29182/13 obrante en el Registro Nacional de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal (fs.28/34).

Ahora bien, corresponde mencionar que el 6 de junio de 2011, VS, resolvió disponer la Inhibición General de Bienes –art. 518 C.P.P.N.- de Sergio Mauricio Schoklender y de Meldorek S.A.; ordenando que se notifique de dicha medida a los Registros Respectivos, al B.C.R.A., a la I.G.J. y a la C.N.V.

Luego de ello, en fecha 9 de junio de 2011, Meldorek S.A., representada por su apoderado Maximino Manuel Darío Fernández (D.N.I. nro. 13.209.356), vendió a José Antonio Cachafeiro (D.N.I. nro. 11.119.546) la Unidad Funcional nro. 1, ubicada en el 1º  piso de la calle Nahuel Huapi 2035/5037/5041, Capital Federal, con una superficie total de 38,54 metros cuadrados; las partes manifestaron que por dicha operación se abonaron U$S 68.000. Ello conforme surge de la Escritura nro. 69 realizada por la Escribana de la Capital Federal Marta Beatriz Marchese -Registro Notarial nro. 32, Matrícula nro. 3239-, así como de la Matrícula nro. 16-45917/1 obrante en el Registro Nacional de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal al 27/07/2011 (fs. 35/42).

Del mismo modo, el 9 de junio de 2011, Meldorek S.A., representada por su apoderado Maximino Manuel Darío Fernández (D.N.I. nro. 13.209.356), vendió a José Antonio Cachafeiro (D.N.I. nro. 11.119.546) la Unidad Funcional nro. 2, ubicada en el 1º  piso de la calle Nahuel Huapi 2035/5037/5041, Capital Federal, con una superficie total de 48,7 metros cuadrados; las partes manifestaron que por dicha operación se abonaron U$S 54.400. Ello conforme surge de la Escritura nro. 70 realizada por la Escribana de la Capital Federal Marta Beatriz Marchese -Registro Notarial nro. 32, Matrícula nro. 3239-, así como de la Matrícula nro. 16-45917/2 obrante en el Registro Nacional de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal al 27/07/2011 (fs. 43/50). 

Conforme esta prueba, resulta sospechoso que el señor Gotkin, en su carácter de Presidente de Meldorek S.A., hubiera otorgado un mismo poder especial de venta, respecto de cuatro inmuebles, tanto al señor Fernández como al señor Cachafeiro. La sospecha respecto a la legalidad de este documento, así como de las operaciones concretadas mediante su utilización, se profundizan cuando se ha constatado que el señor Fernández vendió, en nombre de Meldorek S.A., los cuatro inmuebles, mientras que el mismo Fernández compró dos ellos. Mas esta sospecha se vuelve certeza de ilegalidad, al constatarse la fecha en que se escrituraron los inmuebles que Fernández –en representación de Meldorek S.A.- vendió al señor Cachafeiro, esto es, tres días después que el Juzgado a su cargo, dispusiera la inhibición general de bienes de Meldorek S.A.

Esto último permite afirmar en este estadio procesal y con el plexo probatorio hasta aquí colectado, que las operaciones inmobiliarias aquí mencionadas tuvieron por finalidad sustraer los inmuebles del acervo patrimonial de Meldorek S.A., intentado así evadir la medida cautelar que se había dispuesto a su respecto.

Es necesario poner de resalto que Maximino Darío Fernández –D.N.I. nro. 13.209.356- intervino, en fecha 8 de mayo de 2008, en representación David Oscar Cabello –D.N.I. 7.610.056-, en la venta que éste efectuara a Viviana Sala de la Unidad Funcional nro. 2, P.B. y Planta Azotea, del inmueble con frente en la calle Guevara 1430/1434 de la CABA, con una superficie total de 111 metros cuadrados, por un monto total de U$S 47.000; conforme surge de la Escritura nro. 402 realizada por el Escribano Carlos Víctor Gaitán (Titular del Registro Notarial nro. 3944), en la que se explicita que el señor Fernández actuaba en virtud de las facultades que el señor Cabello le confiriera mediante Poder Especial, a través de la Escritura nro. 37, fechada el 21/01/2008, también otorgada por Carlos Víctor Gaitán   –fs. 93/95-.

         Esta situación patrimonial de la empresa Meldorek SA, se describe como un hecho individual en tanto se ha podido corroborar que la empresa carecía de actividad comercial y además de ello contaba únicamente con 8 empleados. Además de ello, luego de haberse descripto oportunamente las diferentes maniobras en las que estuvieron involucrados los imputados, resulta posible afirmar, con el grado de provisoriedad de este momento procesal, que existen elementos suficientes para sospechar que todos estos bienes fueron adquiridos con dinero público, proveniente de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, destinado al programa Sueños Compartidos.

         Es por ello que pesan sobre los mismos medidas cautelares para protegerlos del posible decomiso, entendiéndose que las operaciones vinculadas a la adquisición y venta, sobre todo de los bienes inmuebles, generan un indicio sobre la ruta del dinero utilizada para dar apariencia lícita a los fondos que ingresaban ilícitamente, resultando sospechosa la forma de pago de dichos bienes, sin perjuicio de lo consignado en las escrituras, lo que obliga a esta parte a solicitar escuchar en indagatoria a todos los involucrados, atendiendo cada situación en particular.

         3.3.A.- IMPUTADOS:

Por todo lo expuesto ello corresponde imputar:

A Sergio Schoklender, Gustavo Serventich, Alejandro Gotkin, y Daniel Laurenti: como miembros del directorio de la empresa Meldorek SA, se les deberá imputar la adquisición de todos estos bienes, en tanto se ha comprobado que la empresa Meldorek SA carecía de movimiento comercial comprobable, presumiéndose que los fondos provenían únicamente del dinero sustraído a la Fundación Madres de Plaza de Mayo a través de la construcción de  un entramado de maniobras que permitían el ingreso de dichos fondos a la entidad, la que incrementaba su patrimonio con aparente licitud, bienes que a la postre eran de propiedad de los socios aquí individualizados.

         Frente a este hecho la imputación respecto de los nombrados se construye con la hipótesis general que encabeza este escrito, más las diferentes cuestiones en concreto que se analizan en el punto. 3.- de esta presentación.

A Maximino Darío Fernández: DNI 13.209.356, nacido el 29/08/1957, de ocupación corredor inmobiliario, hijo de Ángel Darío Fernández (f) y Delia Gladis Tubio (f), de estado civil divorciado (Adriana Miriam Foglia), con domicilio en calle Almafuerte 46, B 1, Ezeiza, Provincia de Buenos Aires (confr. legajo personal nro.12 aportado por la UFILAVDIN fs. 1/4).

Se encuentra inscripto en la AFIP, desde el mes 01/03/1999, como Monotributista, Categoría B (hasta $24.000/ anuales) en la actividad de “servicios inmobiliarios realizados a cambio de una retribución o por contrato” y posee domicilio fiscal declarado en el inmueble de calle Pte. Luis Saenz Peña 160, te. (011) 4440-5741 / 4382-9403 / 4643-0927 CABA (idem fs. 2).

Conforme se desprende del informe del sistema de antecedentes comerciales NOSIS y las constancias que observan en las impresiones de la Cámara Comercial de esta ciudad, el Sr. Fernández fue declarado en quiebra el 21/04/2006 en la causa nro. 74.760/2004, del registro del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 19, Secretaría N° 38 (Idem fs. 3/4, 5/6, 9/13).         

Gracias a la información suministrada por el Registro Nacional de la Propiedad Automotor el 07/7/1997, se pudo establecer que el Sr. Fernández adquirió el rodado Renault 21 TXE, dominio VAN-508, patentado el 14/4/1993. Cabe citar que dicho rodado fue ejecutado el 04/11/2009, en el marco la quiebra (incidente de venta de rodado, expte. 49.938, Juzgado Comercial 19, Secretaria 38) (fs. 3 y 14).

También se desprende del informe obtenido “on line” del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal que el Sr. Fernández es titular, desde el año 1996, del inmueble sito en calle Corbalán 1295, CABA, matrícula 01-030793 (fs. 17).

No resulta ocioso destacar además que Maximino Fernández posee los siguientes antecedentes:

a)     Causa N° 24.241/2010: “Fernández, Maximino Manuel s/ quiebra fraudulenta”, del registro del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 8, Secretaría N° 125, interviene la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 23. En dicho expediente el señor Fernández se encuentra imputado por el delito previsto en el artículo 176, inciso 2°, del Código Penal. El Juzgado de Instrucción, en fecha 21/10/2010, dispuso la rebeldía del imputado, la que fue revocada, en fecha 30/11/2010, por la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, aunque mantuvo la solicitud de paradero del señor Fernández, la que se encuentra vigente al día de la fecha.

b)    Causa N° 2805/2007: “Fernández, Maximino Manuel y otros  s/ falsa denuncia y otros”, del Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 de la Capital Federal, en fecha el 19/05/2009 se declaró al señor Fernández autor penal y materialmente responsable del delito de estafa, condenándosele la pena de 6 meses de prisión, así como al pago de las costas del juicio. Asimismo, se dispuso unificar esta sentencia, con la que dictó el Tribunal Oral en lo Criminal N° 21 en la causa N° 1056, en fecha 15/11/2004, también por el delito de estafa, en la que se lo había condenado a la pena de prisión de 4 meses de cumplimiento efectivo, sustituible por la realización 720 horas de trabajos no remunerativos para la comunidad ante el Centro de Gestión y Participación N° 1 de la C.A.B.A. Por ante el Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 1 de esta ciudad tramita el Legajo de Ejecución de la pena del señor Fernández, en donde, en el mes de agosto del año 2009, se hizo uso del instituto contemplado por el artículo 35 de la ley 24.660 y se sustituyó la pena de presión de 6 meses, por 370 horas de trabajos no remunerativos para la comunidad, a desarrollar en la Fundación Madres de Plaza de Mayo (fs. 51/84 y 96/96 vta.).

         Teniendo en cuenta el hecho descripto deberá imputársele al nombrado, en su calidad de apoderado de Meldorek SA, la venta a José Cachafeiro, con fecha 09/06/11 de las Unidades Funcionales nro. 1 y 2, ubicada en el 1er. P. de la Calle Nahuel Huapi 2035/5037/5041, por la suma de U$S 68000, y U$S 54.400 respectivamente, cuando con fecha 06/6/11 se había ordenado la inhibición general de bienes por parte de Vs. en la causa de marras.

         Además de ello deberá imputársele haber participado de la operación de venta de bienes de la empresa concretamente de la Unidad Funcional nro. 2, ubicada en el 1piso de la Avenida Álvarez Thomas 3462/64 de la CABA por la suma de U$$55.000, con fecha 17 de mayo de 2011. También se le deberá imputar la venta realizada con fecha 02/06/11 de la Unidad Funcional nro. 13, ubicada en el 7°piso de la Av. Álvarez Thomas 3462/3464, de la CABA por la suma de U$S 70.000.

A Jose Antonio Cachafeiro: DNI 11.119.546, CIPFA 7.185.679, nacido el 13/7/1954, empleado administrativo del PAMI, hijo de José Cachafeiro y Gilda Trancanella, casado con Noemí Susana Molina, y con domicilio en Av. Henry Ford 2380, barrio El Talar, partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires (Confr. Legajo personal nro. 15 aportado por la UFILAVDINfs.1/4).

Se encuentra inscripto en la AFIP, desde el mes octubre de 2009, en la actividad de “servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes propios o arrendados NCP”, y con domicilio fiscal declarado en el inmueble de calle Charlone 917, piso 1, dpto. C, CABA. (fs. 1 del legajo personal)

Presenta productos bancarios en instituciones financieras como Banco de la Nación Argentina, HSBC Bank Argentina S.A., Citibank N.A., Banco Macro S.A., Banco Comafi S.A. y American Express Argentina. También posee productos en firmas tales como CMR Falabella y Cencosud S.A. En todos las situaciones mencionadas, su condición de pago es normal con atraso de hasta 31 días (valores determinados por el BCRA). (fs. 3 idem).

Concretamente se le deberá imputar a Cachafeiro, apoderado de Meldorek SA, haber participado de la operación de compra venta del inmueble denominado Unidad Funcional nro. 1, ubicado en el 1, ubicada en el 1er. P. de la Calle Nahuel Huapi 2035/5037/5041, por la suma de U$S 68000, cuando con fecha 06/6/1 se había ordenado la inhibición general de bienes por parte de Vs. en la causa de marras. Además de ello se le deberá imputar el manejo irregular de los fondos de Meldorek SA.

A Maria Alejandra Bonafini: se imputa a la nombrada su presunta participación en las conductas delictivas llevadas a cabo por el Directorio de la empresa Meldorek SA, que tendía a despojar de fondos públicos a la fundación Madres de Plaza de Mayo en el marco del Programa “Sueños Compartidos”.

          Así, concretamente se le imputa la operación de compra venta efectuada entre la Empresa Meldorek SA, a la que vendiera la Unidad Funcional nro. 15 ubicada en el pisos 4° y 5° de la calle 44, nro. 1324, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, por la suma de U$S 25.000.

         Un indicio dudoso del manejo patrimonial espurio en el que participa la nombrada es el EXPTE UIF nro.164/08 – ROS UIF NRO. 3273 que se inició con fecha 25 de febrero de 2008, siendo el reportante el BBVA BANCO FRANCES SA, supervisado por el Banco Central de la República Argentina presentando un ROS-, en los términos del artículo 21 –inciso b- de la ley 25.246, respecto de  Maria Alejandra Bonafini (DNI 17.666.975).

El fundamento del reporte radica en la operatoria desplegada por la nombrada, en el período comprendido entre agosto y setiembre del año 2007  que surge de la cuenta corriente en pesos nro. 319-40-539291-4 y de la cuenta corriente en dólares nro. 319-44-533479-4, detectándose dos transferencias locales por $79.780 y dos depósitos en efectivo por U$D 50.000, equivalente a $155.470, lo que totalizó la suma de $235.250 para las cuentas bajo la titularidad de Bonafini, radicadas en la sucursal 319 Montserrat.

Dichos movimientos no guardan relación con el “perfil” declarado por la clienta, los fondos fueron retirados desde la sucursal 093 de La Plata en los períodos mencionados, razón de ello se le reclamó documentación respaldatoria la cual no fue presentada, además de reportarla por su calidad de Funcionaria Pública.


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