Fármacos Boletín electrónico latinoamericano para fomentar



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América Latina


El Gobierno de Costa Rica declara emergencia sanitaria y el 21 de enero declara obligatoria la vacuna contra la el Virus de la Influenza Humana A-H1N1. (Ver en Advierten en: Comunicaciones)

Investigación en seres humanos sigue por falta de notificación (Ver en Ensayos Clínicos en: Ensayos Clínicos y ética)

La Nación, 31 de marzo de 2010

http://www.nacion.com/2010-04-01/ElPais/NotaPrincipal/ElPais2319814.aspx

Inconstitucionalidad de los reglamentos para la investigación en seres humanos en Costa Rica, declaración de la Sala Cuarta (Ver en Ensayos Clínicos en: Regulacion, Registro y Diseminacion de los resultados)

Argentina. PAMI: Se ampliarán los descuentos en los medicamentos de uso más habitual entre jubilados

Impulso Baires, 30 de marzo de 2010

http://www.impulsobaires.com.ar/nota.php?id=87913 (Ver en Economía y Acceso en: Acceso)

Bolivia. Farmacéuticos sugieren que desaparezcan las cadenas x farmacia



La Razón, 20 de enero de 2010

http://www.la-razon.com/versiones/20100120_006978/nota_250_940702.htm
La Asociación de Propietarios Profesionales de Farmacias (Asprofar) sugirió al Ministerio de Salud que la futura Ley de Medicamento prohíba la apertura de consorcios y cadenas de farmacias, con el argumento de que así la comercialización y el acceso a los fármacos tendrán más control.
El presidente de Asprofar, filial El Alto, Rolando Martínez, aseguró que en la reunión convocada por el Ministerio de Salud, los farmacéuticos y otros sectores del área (importadores, laboratorios y otros) accedieron al borrador de la ley.
En ese marco, la dirigencia de Asprofar sugirió que los propietarios de las farmacias sean necesariamente profesionales del área. “Pedimos que la Ley de Medicamento regule la propiedad de las farmacias. Los consorcios, que se formaron en los últimos años, no son manejados por farmacéuticos, sino por personas con dinero que hacen consorcios amparados con un regente”.
El responsable de la Unidad de Medicamentos del Ministerio de Salud, Amílcar Rada, confirmó la entrega del proyecto de Ley del Medicamento, con el propósito de que éste sea analizado por los interesados, quienes presentarán sus observaciones en los próximos días; posteriormente, el texto será remitido a la Asamblea Plurinacional.

“El plazo para entregar las observaciones sobre el documento vence en la primera semana de febrero. En la reunión, los propietarios de farmacias han sugerido que se anulen las cadenas de farmacias, hay que ver cuáles son sus observaciones a la ley vigente”, comentó Rada.


El titular del área, Ramiro Tapia, aseveró que con la nueva norma se pretende regular la apertura y manejo de estos establecimientos, además de emitir sanciones más severas en contra de quienes vendan fármacos que atenten contra la salud pública.
“Nosotros creemos que con este proyecto estamos jerarquizando la profesión de Farmacia y Bioquímica, son ellos los que tienen derecho a abrir farmacias, los que estudiaron para ello, y no sean sólo los grandes empresarios sino los profesionales del área”, destacó la autoridad.
El proyecto

Prohibiciones • La nueva ley restringiría la venta de medicamentos fuera de las farmacias o sin una receta médica y que la atención esté a cargo de personas que no tienen formación profesional en el área.


Sanciones • Los castigos serán adecuados al Código Penal; se prevé la aplicación de penas de cinco a 30 años de presión, según el delito cometido. En la ley vigente, la sanción es de tres años de reclusión.

Brasil. Libra batalla por bajar precio de droga contra VIH



El Mercurio, 26 de febrero de 2010

http://diario.elmercurio.cl/detalle/index.asp?id=%7B4f15cd23-5056-4fb8-9ea8-f31a66078edc%7D
Brasil declaró ayer "de interés público" un medicamento del laboratorio Merck & Co. usado para el tratamiento del sida de miles de personas en ese país, dando el primer paso para quebrar su patente. El objetivo es poder comprar, a un precio mucho menor, una versión genérica de la droga en India.

La decisión sobre el antirretroviral efavirenz fue tomada por decreto del ministro de Salud, José Gomes Temporao, y publicado en el diario oficial.

Brasil. Se prohíbe que los médicos participen en descuentos para la adquisición de medicamentos

Traducido para Boletín Fármacos por María dos Santos


República Federativa del Brasil, Diario Oficial, Imprenta Nacional

No. 27 - DOU de 09/02/10 – sección 1 – p.74


Entidades de Fiscalización del Ejercicio de las Profesiones Liberales, Consejo Federal de Medicina

Brasilia – DF

Resolución no. 1.939 del 14 de enero de 2010,
Se prohíbe la participación de médicos en promociones relacionadas con la distribución de cupones, tarjetas de descuento y demás documentos previstos en esta resolución para la adquisición de medicamentos y de otras providencias.
EL CONSEJO FEDERAL DE MEDICINA, en el uso de las atribuciones conferidas por la Ley No. 3.268, del 30 de septiembre de 1957, reglamentada por el Decreto No. 44.045, del 19 de julio de l958, respectiva y posteriormente alterados por la Ley No. 11.000, del 15 de diciembre del 2004, y Decreto No. 6.821, del 14 de abril de 2009, y

CONSIDERANDO lo dispuesto contenido en el Art. 2o. y en las atribuciones contenidas en el Art. 15 de la Ley No. 3.268/57;

CONSIDERANDO la naturaleza jurídica del derecho público de la institución Consejo Federal de Medicina, como también las obligaciones de que está dotada;

CONSIDERANDO que la relación médico-paciente es la base fundamental del ejercicio de la Medicina, debiendo realizarse de forma autónoma, sin condicionantes extraños a la misma;

CONSIDERANDO que la Medicina es una profesión al servicio de la salud del ser humano y de la colectividad y debe ser ejercida sin discriminación de ninguna naturaleza;

CONSIDERANDO que el médico no puede, en ninguna circunstancia o bajo ningún pretexto, renunciar a su libertad profesional, debiendo evitar que cualquier restricción o imposición pueda perjudicar la eficacia y corrección de su trabajo;

CONSIDERANDO que la Medicina no puede, en ninguna circunstancia o de alguna forma, ser ejercida como comercio;

CONSIDERANDO que el trabajo del médico no puede ser aprovechado por terceros con objetivos de lucro, finalidades políticas o religiosas;

CONSIDERANDO que les es prohibido a los médicos ejercer la profesión con interacción o dependencia de farmacia, laboratorio farmacéutico, óptica o cualquier organización destinada a la fabricación, manipulación o comercialización de productos de receta médica de cualquier naturaleza;

CONSIDERANDO que le es prohibido al medico obtener beneficios debido a la comercialización de medicamentos, APARATOS ORTOPEDICOS o prótesis cuya compra se realice por la influencia directa en virtud de sus actividades profesionales;

CONSIDERANDO que la práctica de la promoción relacionada con la distribución de cupones o tarjetas de descuento para la adquisición de medicamentos se basa en la creación de una base de datos con informaciones clínicas y la consecuente estratificación y clasificación de usuarios saludables y diagnosticados de acuerdo con el riesgo;

CONSIDERANDO que la utilización de esa metodología se caracteriza como práctica cuyos objetivos son eminentemente comerciales;

CONSIDERANDO que el médico, al incorporarse como pieza indispensable para ese tipo de promoción de ventas de la industria farmacéutica, ejerce la Medicina como comercio, actuando en interacción con el laboratorio farmacéutico;

CONSIDERANDO que al proveer el cupón o tarjeta de descuento, sujetándose a las reglas de la promoción que implica la trasmisión de datos, el médico prácticamente revela el diagnóstico en la medida en que posibilita su conocimiento por inferencia a partir de la receta, lo que daña el sigilo profesional;

CONSIDERANDO lo dispuesto en el Art. 16, del Decreto-Ley No. 20.931/32, párrafos c, g, e, h;

CONSIDERANDO que la práctica comercial citada induce al consumo de medicamentos y a la sistematización sin ningún criterio en la utilización de medicamentos de uso continuo, visto que, igualmente, induce al paciente a pensar que no hay necesidad de un control médico periódico de la enfermedad que le afecta aqueja

CONSIDERANDO, finalmente, lo decidido en la reunión plenaria realizada el 14 de enero de 2010, resuelve;

Art. 1o. Le es prohibido al médico participar, directa o indirectamente, en cualquier especie de promoción relacionada con la distribución de cupones o tarjetas de descuento a los pacientes para la adquisición de medicamentos.

Párrafo único. Se incluye en esa prohibición el llenar cualquier especie de registro, formulario, ficha, tarjeta de información o documentos semejantes, en función de las promociones mencionadas en el epígrafe de este artículo.

Art 2o. Esta resolución entrará en vigor en la fecha de su publicación, siendo revocadas las disposiciones en su contra.


ROBERTO LUIZ D’AVILA

Presidente

HENRIQUE BARISTA E SILVA

Secretario General

Brasil. Conflictos e impases de la judicialización del abastecimiento de medicamentos: resoluciones de las cortes sobre casos contra el Estado de Rio de Janeiro, Brasil, en 2005 (Conflitos e impasses da judicialização na obtenção de medicamentos: as decisões de 1a instância nas ações individuais contra o Estado do Rio de Janeiro, Brasil, em 2005)

Borges DCL, Ugá MAD



Cadernos de Saude Pública 2010; 26 (1)

http://www.scielo.br/pdf/csp/v26n1/07.pdf

Traducido por Salud y Fármacos


Este estudio analiza las acciones y los dictámenes de las cortes brasileñas al dirimir los reclamos de medicamentos que los usuarios del sistema único de salud (SUS) interpusieron contra el estado de Río de Janeiro en el 2005. El estudio utilizó un método semi-cualitativo, fue un estudio exploratorio de tipo documental, analizó aspectos relacionados con el reclamo, tales como el tipo de medicamento solicitado, las palabras utilizadas por la corte al sancionar los casos, y elementos claves utilizados por los jueces para analizar las diferentes situaciones.
Según el análisis de los juicios, de los conceptos que se utilizan en los fallos judiciales y la estandarización oficial de medicamentos, se concluye que cuando se toman decisiones sobre la necesidad de entregar medicamentos, el sistema de la corte concede el reclamo sin tener en cuenta la priorización establecida por el Ministerio de Salud. Es decir que la corte interviene demasiado en las políticas de salud.

Colombia. Las medicinas pasan por 5 filtros



Santiago Zeas
El Comercio, 16 de febrero de 2010

http://ww1.elcomercio.com/noticiaEC.asp?id_noticia=335209&id_seccion=8

Desde hace 15 años en Colombia se ejerce un riguroso control de calidad a todos los medicamentos que desean ingresar en su mercado, ya sean de marca o genéricos. A partir de febrero de 1995 entró en funcionamiento el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), un centro   estatal de carácter científico que aplica los procedimientos de control a todos fármacos.

El marco regulatorio colombiano en esta materia parte de una premisa: en el país no se puede  vender ninguna medicina que esté en fase de experimentación. Por eso, la primera prueba que cualquier producto debe pasar es que esté aceptado por al menos dos países y que no haya sido rechazado por ninguno de un grupo de 11, que son considerados como referencia en este ámbito. Ese grupo de países de referencia está integrado por Estados Unidos, Canadá, Alemania, Suiza, Francia, Inglaterra, Dinamarca, Holanda, Suecia, Japón y Noruega, considerados pioneros en el control de medicamentos.

En caso de que un producto nuevo no cuente con la aprobación de esos países, existe una segunda medida de vigilancia. Se trata de la evaluación científica que realiza la Sala Especializada de Medicamentos del Invima. El laboratorio debe entregar a esa comisión especializada toda la información farmacológica experimental de la medicina. Es decir todos sus datos, desde la identificación de su sustancia activa, las pruebas experimentales en animales y los estudios de seguridad preclínicos hasta sus estudios clínicos.  Estas últimas investigaciones  se publican en revistas científicas indexadas, que tienen reconocimiento mundial.

Los cinco miembros de la Sala Especializada de Medicamentos del Invima que realizan este examen son elegidos rigurosamente, para evitar conflictos de intereses durante el proceso.  El Consejo Directivo los elige de entre ternas enviadas por el Ministerio de la Protección Social, la Asociación de Profesionales de la Salud, el Colegio de Químicos Farmacéuticos, la Asociación Colombiana de Farmacología y la Sociedad Colombiana de Toxicología.

Después que el producto ha sido aceptado farmacológicamente por estos especialistas,  llega un tercer filtro de seguridad: la evaluación farmacéutica. Este proceso consiste en evaluar la capacidad técnica del fabricante, el procedimiento que emplea y la calidad del producto.

Si esta prueba es superada, el Invima realiza una inspección  rigurosa del laboratorio, para extender el correspondiente certificado de buenas prácticas de manufactura.  Para ello se verifican sus instalaciones, equipos, la capacidad profesional de su personal, los controles de calidad internos, así como los mecanismos de almacenamiento y distribución.

“Si el  producto ha superado las fases antes mencionadas,  se procede a otorgar el registro sanitario mediante el procedimiento legal pertinente”,  explica Martha Cecilia Rodríguez, subdirectora de Medicamentos y Productos Biológicos del Invima. Una vez que los medicamentos ya están en farmacias y droguerías, las autoridades sanitarias colombianas también realizan dos controles denominados de post-comercialización.

Primero está el programa de calidad, que aplica controles técnicos y de laboratorio a través de la selección de muestras de los productos de   diferentes fabricantes.  El segundo es el programa de farmacovigilancia, que apunta a determinar la existencia de posibles efectos adversos  con la ayuda de la población.

Si hay alertas de que un   producto genera efectos no contemplados en su información, el Invima procede al análisis de sus sustancias.  Con los resultados se pueden  tomar medidas, que van desde el cambio de información de las etiquetas del medicamento  hasta la suspensión o cancelación definitiva.

Colombia. Emergencia social por alto costo de medicamentos. Se busca acortar cadena de intermediarios

Editado por Salud y Fármacos
Entre las principales razones que el Gobierno esgrimió para decretar la Emergencia Social estuvo el alto costo de los medicamentos, sobre todo de aquellos que, por estar fuera de los planes de salud (no POS), los pacientes obtienen por tutela o con autorización de los comités técnico-científicos de las EPS.
El valor de todo fármaco autorizado por estas vías es recobrado por las EPS al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), que administra los recursos del sistema de salud. El problema es que decenas de estos medicamentos son recobrados a valores muy superiores a los precios promedio de venta de los laboratorios.
Esta situación se ha vuelto cada vez más evidente, dado el crecimiento exponencial del valor de los recobros que debe cubrir el sistema. Según el Observatorio de Medicamentos de la Federación Médica Colombiana, esos recobros anuales pasaron de P$4.000 millones entre 1997 y el 2000 a más de un billón de pesos en el 2008 (1US$=P$2.000 pesos).
La situación, a los ojos del Gobierno, era tan crítica que comprometía el equilibrio financiero de todo el sistema. Un estudio hecho por el Ministerio de la Protección Social, que analizó el comportamiento de los recobros entre el 2002 y el 2005, concluyó que su incremento significativo no podía explicarse ni con el aumento de afiliados al sistema ni con el ajuste de precios de los medicamentos.
Para el Ministerio, el crecimiento exponencial de estos costos, y la incongruencia en los valores unitarios, “significa que se están recobrando a cualquier precio y hacen suponer prácticas perversas en la definición de sus valores”.
Pensando en ponerles límites a esas prácticas, el Ministerio propuso entregarle a Caprecom la coordinación de una red que se encargara directamente de administrar todos los servicios no POS (incluida la entrega de medicamentos), en lugar de las EPS.

La medida buscaba acortar la cadena de intermediarios que hay entre los fabricantes de medicamentos y los pacientes, y así ahorrarle recursos al sistema.


El ministro de la Protección, Diego Palacio, ha dicho en varios escenarios que si se controla la sobreintermediación y los sobrecostos de los medicamentos, el sistema se ahorraría alrededor de P$ 400.000 millones al año.
El tema fue incluido en los considerandos del decreto 4975, que declaró el estado de Emergencia en diciembre. En ellos aparece reseñado un estudio de Afidro (que agremia a las multinacionales farmacéuticas) que, según reza el decreto, permitió “evidenciar, por una parte, que para algunos medicamentos el valor del recobro al Fosyga excede notablemente el precio de venta del laboratorio y, por otra parte, que en algunos casos, el número de medicamentos recobrados es superior al número de unidades oficialmente reportadas como vendidas por los laboratorios”.
El estudio referido indica, por ejemplo, que un medicamento para controlar el colesterol alto que, en promedio, es vendido por los laboratorios a P$5.062 la unidad, es recobrado al Fosyga a 10.056 , en promedio, la unidad.
El Gobierno fue más allá y expidió, también dentro de la Emergencia, el decreto 126, que “dictó disposiciones de lucha contra la corrupción dentro del sistema”. Entre otras cosas la norma propuso que se impusieran márgenes de comercialización a los medicamentos y se fijaran precios límite por encima de los cuales no pueden ser comprados.
Cadena de intermediarios Sergio Isaza, presidente de la Federación Médica Colombiana, señala que la clave de los sobrecostos está en la cadena de intermediarios, que empieza con el laboratorio e incluye a distribuidores, farmacias, hospitales y EPS, cada uno de las cuales agrega precio al producto, “esto hace que los fármacos acaben siendo recobrados al Fosyga a precios desbordadamente altos”. De momento, el foco está puesto en las EPS, porque son las encargadas de cobrar las facturas finales al Fosyga.
El viceministro técnico Carlos Jorge Rodríguez sostiene que si bien es cierto que no todas las EPS le cobran caro al Fosyga, “pareciera ser más un tema de las cadenas de distribución de los medicamentos, que en algunos casos serían más largas, con más intermediarios de lo que deberían, por lo menos cuando se trata de recobros al Fosyga”. Según Minprotección, p400.000 millones al año se ahorraría el sistema de salud si se controlan los precios de las medicinas y la intermediación.
En la primera semana de abril el Minprotección les fijaría un precio máximo a 14 medicinas que no están en el POS y que las EPS recobran al Fosyga y a los departamentos. Entre otros productos están Rituximab, Bosetan, Remicade, Cenzyme y Synagis.
La acelerada carrera de los billonarios recobros de medicamentos, insumos y cirugías al Fosyga, por no estar incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS) del régimen contributivo, está por terminar.
La explicación es sencilla, pero contundente: los dineros destinados por el Fosyga para atender los cobros de las EPS por lo No POS alcanzarán hasta junio; a lo sumo, un mes más.
“En julio se acabará la plata para pagar los recobros del régimen contributivo”, aseguró el ministro de la Protección, Diego Palacio, quien confía en que la Corte Constitucional le dé la bendición a la emergencia social, uno de cuyos objetivos es enfrentar la crisis financiera del sistema de salud, incluido el régimen subsidiado, que afilia a los colombianos más pobres.
El Fosyga, que depende del Minprotección, tiene presupuestados P$800.000 millones para responder por los recobros de este año; sus excedentes, que son los que alimentan ese rubro, se agotaron.
Esa cuenta, según datos del Ministerio, recibe mensualmente 170.000 recobros; el año pasado, los excedentes sumaron 900.000 millones de pesos, pero los recobros ascendieron a P$1,8 billones.
Obtenido de:

Tema De Salud, En Jaque Por Sobrecostos De Medicamentos. El Tiempo, 11 de marzo de 2010



http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-3875778

Fijarán Precios Máximos A 14 Medicamentos. El Tiempo, 31 de marzo de 2010.



http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-3903645

Plata Del Fosyga Para Pagar Recobros Se Acabará En Julio. El tiempo, 7 de abril de 2010.



http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-3909772

Costa Rica. Medicamentos en el vehículo: un riesgo para la salud



La Nación, 7 de abril de 2010

http://www.nacion.com/2010-04-08/Opinion/Foro/Opinion2326757.aspx
Con la entrada en vigencia de las reformas a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres N.° 7331, el 1.° de marzo, se ha vuelto a cuestionar la pertinencia de que los vehículos automotores cuenten con un “botiquín elemental o básico de primeros auxilios”.
El Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica reitera su oposición a incluir medicamentos en el citado botiquín, por cuanto, antes de ser una ayuda para el conductor, representa una amenaza para la salud de las personas.
Tal y como lo denunciamos en agosto pasado, un estudio de nuestro Colegio evidenció que las temperaturas en un vehículo pueden alcanzar entre 30 y 50 grados centígrados en el transcurso del día; no obstante, técnicamente, los medicamentos en Costa Rica se registran bajo la condición de que serán almacenados a temperaturas menores a los 30 grados centígrados.
Riesgos

Medicamentos almacenados en el interior de un auto y expuestos a estas altas temperaturas, pueden sufrir deterioro, pérdida de efectividad, disminución de su potencia y hasta transformarse en sustancias tóxicas que ponen en riesgo la salud. Así se lo hizo saber el Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica a la entonces ministra de Transportes, Karla González, en un documento técnico que sustenta la oposición a la presencia de medicamentos en este botiquín. Dicha información también le fue remitida a la ministra de Salud, María Luisa Ávila.


La reforma a la legislación ha promovido –desde antes de publicarse el reglamento para consulta– la entrada al mercado de diversas opciones de botiquines para utilizar en el vehículo, los cuales incluyen los más diversos artículos y medicamentos.
Los botiquines comercializados hasta la fecha incluyen medicinas como aspirina, ibuprofeno, acetaminofén, leche magnesia, antiácidos, antigripales, sulfadiacina de plata (crema para quemaduras) y ungüentos contra picaduras de mosquitos; sin embargo, ninguno de estos u otros fármacos deben estar allí, tanto por razones de almacenamiento como porque promueven la automedicación.
De igual forma, paramédicos consultados por nuestro Colegio consideran que el botiquín de un vehículo debe contener lo indispensable para controlar traumas, pero aclaran que el hecho de tener los implementos necesarios no implica que cualquier persona pueda atender una emergencia de tránsito; se necesita, además de contar con los implementos requeridos, tener la capacitación adecuada para saber cómo usarlos correctamente.
Es importante tomar en cuenta que la automedicación se ha convertido en un problema de salud pública, que no solo pone en riesgo la vida de las personas, sino que les implica al Estado y a los usuarios, altos costos en la atención de intoxicaciones por medicamentos o para contrarrestar una interacción perjudicial entre fármacos.
De acuerdo con estadísticas del Centro Nacional de Control de Intoxicaciones, cerca de la mitad de las intoxicaciones en Costa Rica se deben a fármacos.
Los medicamentos pueden salvar la vida de una persona o ponerla en riesgo, dependiendo del uso que se les dé; aquí radica la importancia de preguntarse si contar con un botiquín en el vehículo me puede salvar la vida o, por el contrario, atentar contra ella.

Chile. Ministerio de Salud prepara severos cambios en Cenabast

Olivares R.

El Mercurio, 30 de marzo de 2010

http://diario.elmercurio.cl/2010/03/30/nacional/nacional/noticias/6662faec-1417-44f1-a9ef-4852f8b1c1d5.htm
El año pasado la Contraloría puso en tela de juicio a la Central de Abastecimiento del Ministerio de Salud (Cenabast) respecto del control en sus bodegas, de la inocuidad de las mismas y sobre el pago a proveedores, a quienes debe P$34.000 millones (US$=, 1,00= PCH523,00) según las últimas cifras disponibles.
"Ese hito es el principio del fin", dice el ministro Jaime Mañalich, quien prepara cambios sustantivos para la repartición, con el objetivo de descentralizarla y así mejorar su eficiencia y garantizar que los medicamentos e insumos lleguen oportunamente a los hospitales (y, en definitiva, a los pacientes).
Para conseguirlo, Mañalich diseña un plan en el que la Cenabast dejará de servir como bodega de los insumos de los hospitales y también abandonará la logística de los mismos: "Es innecesario y poco eficiente, porque podemos hacer que los medicamentos lleguen directamente desde los laboratorios a las bodegas de cada hospital", afirma.


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