Moron, febrero 4 de 1971



Yüklə 1,18 Mb.
səhifə12/22
tarix14.12.2017
ölçüsü1,18 Mb.
#15956
1   ...   8   9   10   11   12   13   14   15   ...   22

5.8.1.3. Traba de muros
La traba entre ladrillos, sillería o mampuesto debe ejecutarse de modo que las juntas verticales no coincidan en la misma plomada en dos hiladas sucesivas.
La traba entre muros y refuerzos o contrafuertes debe hacerse hilada por hilada de modo de conseguir un empotramiento perfecto. La traba de un muro nuevo con otro existente debe hacerse por lo menos cada 6 hiladas y con tina penetración no menor, que medio largo de ladrillo.
5.8.1.4. Anclaje de muros
Los paños de muros que se encuentren limitados por vigas, columnas, losas y entrepisos se anclarán a las columnas mediante grapas, flejes o barras metálicas distanciadas entre sí no más de 0,50 m.
5.8.1.5. Encadenado de muros
A un muro cuyo cimiento lo constituyan emparrillados, pilotines y entramados de madera y no apoye directamente sobre el suelo, se le dotará de un encadenado o viga de cintura en su nacimiento. Un muro de sostén que reciba cargas concentradas, tendrá un encadenado de cintura a la altura de la aplicación de esas cargas.
5.8.1.6. Relleno de muros
Los materiales usados en el relleno de muros no se tomarán en cuenta en el computo de su espesor ni en el cálculo de su resistencia.
5.8.1.7. Sostén de los muros durante su construcción
Un muro durante su construcción, no debe erigirse aisladamente sin sostenes a más de 6,00 m de altura. En todos los casos se colocarán puntales de seguridad distanciados horizontalmente 15,00 m, salvo cuando se requiera un mayor apuntalamiento.
5.8.1.8. Pilares y pilastras
Un pilar y una pilastra serán construidos en albañilería maciza cuidadosamente ejecutada, con mezcla reforzada de las proporciones que se establecen en los Reglamentos o Normas del caso. Cuando reciban cargas concentradas debe verificarse su esbeltez de acuerdo con las prescripciones contenidas en los Reglamentos de cálculo.
No se debe efectuar canalizaciones, huecos o recortes en un pilar ni en una pilastra de sostén.
5.8.1.9. Dinteles y arcos
La parte superior de una abertura debe ser cerrada por un dintel o arco y sus apoyos penetrarán por lo menos 0,15 m en los pies derechos de la abertura.
Un arco de mampostería se ejecutará con una flecha o peralte mínima de 1/20 de la luz libre y será proyectado para soportar la carga sobrepuesta.
5.8.1.10. Recalce de muros
Un recalce se hará después de apuntalar sólidamente el muro. Los pilares o tramos de recalce que se ejecuten simultáneamente, distarán entre pies derechos menos de 10 veces el espesor del muro a recalzar. Estos tramos tendrán un frente no mayor de 1,50 m y serán ejecutados con mezcla de cemento portland de las proporciones establecidas en los Reglamentos o Normas del caso.
5.8.2.0. Muros de materiales no cerámicas
5.8.2.1. Muros de hormigón y de bloques de hormigón
Un muro, puede construirse en hormigón o con bloques huecos o macizos de hormigón.


  1. Cuando sea de fachada o exterior de locales habitables, tendrá un espesor mínimo de 0,07 m en hormigón y poseerá en el interior del local un contramuro de albañilería o de otro material que produzca para todo el muro una aislación térmica equivalen te a la de uno de ladrillos cerámicas.

La Dirección podrá aceptar otros sistemas de protección equivalente;


  1. Los bloques de hormigón deben ser aprobados por la Dirección.


5.8.2.2. Muros de piedra
Un muro de piedra se ejecutará satisfaciendo las condiciones generales prescriptas en esta Ordenanza para los muros.
Las piedras pueden unirse sin mezcla, en cuyo caso, las caras de contacto se identificarán perfectamente entre sí de acuerdo con las reglas del arte.
Los muros de piedra que sean de sostén o de fachada tendrán espesores en ningún caso inferiores a los que correspondan para la albañilería de ladrillos comunes macizos,
5.8.2.3. Muros de ladrillos no cerámicas
Un muro puede construirse con bloques o ladrillos de hormigón, de mezclas de cemento portland o sílico-calcáreos, aprobados por la D.O.P. debiendo ofrecer una resistencia y una aislación térmica equivalente a las de los ladrillos macizos comunes.
5.8.3.0. Muros divisorios
5.8.3.1. Material, espesor y rebajos en muros divisorios
Un muro divisorio entre predios que en cualquier nivel cierre partes cubiertas, debe ser construido en albañilería de ladrillos macizos o de piedra.
El espesor de un muro divisorio puede ser de 0,45 m o de 0,30 m en cuyos casos sólo se permiten los siguientes cortes o rebajos para instalaciones:


  1. Muros de 0,45 m de espesor:



    1. Conductos para chimeneas y ventilaciones.




    1. Rebajos hasta una altura de 2,00 m medidos desde el solado, en un ancho equivalente a la mitad de la longitud del muro en cada local y no más de 2,00 m por cada unidad y una profundidad máxima de 0,15 M.

Estos rebajos estarán separados por lo menos 2900 M.

El paramento de la pared rebajada será revestido de un material amortiguador de ruidos de una eficacia equivalente al espesor faltante.




    1. Cortes hasta el eje divisorio para colocar estructura resistente.




    1. Canaletas para alojar tubería de agua corriente, gas, electricidad y calefacción.




  1. Muros de 0,30 m de espesor:

1) Cortes hasta el eje divisorio para colocar estructura resistente.


Canaletas de no más de 0,05 m de profundidad para alojar tubería de agua corriente, gas, electricidad y calefacción.
5.8.3.2. Construcciones sin apoyar muro divisorio - existente
Cuando se quiera construir sin apoyar en un muro divisorio existente, puede levantarse un nuevo muro adosado y sin trabar con aquél. En este caso se cuidará que el espacio entre ambos muros sea estanco.
5.8.3.3. Cercas divisorias de albañilería u hormigón
Una cerca divisoria entre predios puede construirse en albañilería u hormigón de cualquier espesor siempre que:


  1. Tenga no más de 3,00 m de altura medidos desde el promedio más elevado.




  1. Tenga, a distancias no mayores de 3,00 m pilares o pilastras que con el muro formen secciones de 0,30 m x 0,30 m o bien otras estructuras de resistencia equivalente, siempre colocadas dentro de los limites del predio.




  1. Casos especiales:




    1. En los distritos donde es obligatorio el retiro de la fachada para formar jardín al frente, la cerca divisoria debe realizarse igual a la exigida sobre la L.M. Esta cerca puede seguir la pendiente eventual del talud que salva desniveles.


5.8.3.4. Medidores gas y de electricidad en muros o cercas divisorias
En muros o cercas divisorias. entre predios pile den efectuarse nichos o rebajos para medidores de gas o de electricidad. La profundidad de estos nichos puede alcanzar el espesor del muro solamente en la superficie indispensable del paramento.
5.8.3.5. Reparación de muros divisorios
Todo hueco, canaleta, rotura o falta de protección hidrófuga y/o revoque o deterioro que, de algún modo afecte a un muro divisorio como consecuencia de una obra, debe ser reparado de acuerdo con las reglas del arte, inmediatamente después de producido.
5.8.4.0. Muros de cerca en el interior de un predio
Un muro de cerca en el interior de un predio, no rebasará los 2,00 m de altura medidos sobre el suelo o solado más elevado.
5.8.5.O. Cálculo de los muros
5.8.5.1. Muros con carga excepcional
Los espesores mínimos de muros de sostén que se establecen en este Código, sólo pueden usarse siempre que el cálculo no determine dimensiones mayores.
5.8.5.3. Muros de contención
El espesor mínimo de un muro de contención es el que se establece en los artículos respectivos aún cuando sirva de sostén o división entre predios, debiéndose siempre justificar el espesor adoptado mediante cálculos de resistencia.
Un muro de contención debe tener, durante su ejecución, barbacanas a nivel del suelo más bajo que faciliten el drenaje del agua.
5.8.5.4. Muros con sobrecarga lateral
En caso de que sobre un muro pueda producirse un empuje lateral, se debe justificar en forma visible y permanente la altura hasta la cual se ha previsto el empuje.
Cuando un muro corresponda a depósitos de materiales a granel o en estiba y el empuje lateral no hubiera sido revisto, se colocara sobre el paramento en forma visible y permanente la leyenda: "Prohibido apoyar contra la pared".
5.8.6.0. Espesores mínimos de muros de sostén
5.8.6.1. Espesores de muros macizos de ladrillos comunes
El espesor de un muro macizo de ladrillos comunes depende de la cantidad y altura de los pisos a soportar.
Los valores mínimos son los siguientes
0,30 m para el piso superior.

0,30/0,45 m para el piso inmediato inferior.

0,45 m para los dos pisos subsiguientes en orden descendente.

0,60 m para los dos subsiguientes;

0,75 m para los demás.

La indicación 0,30/0,45 m significa que el muro debe poseer un espesor de 0,30 m si tuviera aberturas o vanos que interesan menos que 1/2 de su longitud medidos acumulativamente en proyección horizontal; en caso contrario el espesor será de 0,45 m.


Los espesores que se consignan responden al muro revocado. Cuando falte revoque en algún paramento el computo del espesor total se admitirá con una diferencia en menos de 0,01 m por cada paramento no revocado.
Si un piso tuviera altura superior a 5,00m se computará como de dos pisos.
Cuando la luz libre entre muros de sostén o entre un soporte intermedio y un muro de sostén sea mayor de 7,50 m, el espesor del muro será aumentado en 0,15 m por cada 4,00 m o fracción que tal luz exceda 7,50 m.
Cuando existan cargas concentradas en correspondencia con ellas, se reforzará el muro con pilastras o contrafuertes de por lo menos 1,350 c por cada 4,00 m o fracción en que la luz exceda 7,50 m medida entre muros de sostén o muro y apoyo intermedio; esta sección no incluye el muro.
5.8.6.2. Espesores de muros de ladrillos especiales
Los espesores mínimos establecidos para el empleo de ladrillos comunes, cuando se utilicen ladrillos especiales, pueden reducirse de acuerdo con las siguientes equivalencias:

Ladrillos macizos

Espesor de muro revocado en ambos parámetros (en metros)

Comunes

0,15

0,30

0,45

0,60

0,75

De máquina, prensadados o sílico-calcáreos

0,13

0,24

0,35

0,46

0,57

De hormigón

0,10

0,20

0,30

0,40

0,50

Cuando falte el revoque en algún paramento, el cómputo del espesor total se admitirá con una diferencia en menos de 0,01 m por cada paramento no revocado.


5.8.6.3. Muros de medio ladrillo macizo
Un muro con espesor de medio largo de ladrillo macizo puede servir de sostén, siempre que su altura medida desde el solado no sea superior a 2,60 m su longitud sin pilares no mayor de 2,50 m, soporte sello una azotea o techo y tenga una viga de cintura o encadenado a la altura de la aplicación de las cargas.
En cada caso se cumplirá lo establecido en "Espesores mínimos de muros no cargados", teniendo en cuenta el uso del local.
5.8.6.4. Mezcla reforzada en muros de sostén
En un muro de sostén, si las aberturas proyectadas afectan el 35% de su sección horizontal, se empleará mezcla reforzada. Los pies derechos de las aberturas o vanos serán ejecutados en una profundidad no menor que el espesor del muro con el mismo tipo de mezcla cuyas proporciones se establecen en los Reglamentos o Normas del caso.
5.8.6.5. Muros de sostén de bloques o ladrillos huecos
Puede usarse ladrillos huecos o bloque hueco en muros de sostén (excluidos en divisorios entre predios), cuando el organismo municipal competente así lo aconseje en base a ensayos según lo establecido en "De los sistemas y materiales de construcción e instalación". En cada caso se determinarán los espesores, alturas, mezclas, tensiones de trabajo y demás condiciones que surjan de las experiencias.
5.8.7.0. Espesores mínimos de muros no cargados
5.8.7.1. Espesores de muros no cargados
El espesor mínimo de un muro de ladrillos bloque dependerá de la relación entre su altura y la longitud entre pilares o contrafuertes, indicándose a continuación su valor:


Altura

Espesor mínimo de revoque en dos paramentos

Hasta




2,50 m

0,06 m

De 2,51 m

a

3,50 m

0,08 m

De 3,51 m

a

4,50 m

0,10 m

De 4,51 m

a

5,50 m

0,12 m

De 5,51 m

a

6,50 m

0,15 m

Cuando la longitud de un paño de muro comprendido entre pilares o contrafuertes exceda de 1,5 veces la altura, se adoptará el espesor que sigue en la tabla.


No puede construirse un muro de espesor de 0,15 m o menos con la altura mayor que 6,50 m.
Los pilares o contrafuertes pueden considerar se sustituidos por muros transversales o columnas trabados con el muro dentro de las distancias establecidas.
En muros exteriores el espesor menor que se admite es de 0,15 m.
5.8.7.2. Espesores de cercas interiores,
Cuando una cerca se construya con un espesor menor de 0,30 m habrá a distancias no mayores de 3,00 m, pilares o pilastras que con el muro formen secciones de 0,30 m x 0,30 m. o bien tendrá otras estructuras de resistencia equivalente hallándose siempre el muro ubicado dentro de los límites del propio predio.
5.8.8.0. Uso de muros existentes


  1. Caso general:

Un muro existente construido según las disposiciones vigentes en el momento de su erección, pero no conforme con las prescripciones de esta O.R.C., puede ser usado en obra nueva, si está aplomado, en buenas condiciones de preservación hidrófuga, con tensiones de trabajos admisibles y con cimentación según esta O.R.C.


  1. Caso de muro cm mezcla de barro:

En caso de muro con mezcla de barro se debe cumplir con las condiciones del inciso a) y además con las siguientes:


    1. No debe cargar más de dos entrepisos ni tener altura superior a 10,00 m si su espesor fuese de 0,45 m o mayor.




    1. No debe tener altura superior a 5,00 m si su espesor fuese de 0,30 m.




    1. Se puede sobreelevar con relación a las medidas mencionadas en los Ítems 1) y 2) siempre que el exceso de altura sea apoyado sobre estructura independiente.




    1. El remate o terminación superior del muro tendrá sus dos últimas hiladas asentadas con mezcla de cal o cemento y estará bien revocado.


5.8.9.0. Muros privativos contiguos a predios linderos
Los muros privativos contiguos a predios linderos pueden construirse en reemplazo de los muros divisorios y solamente ser utilizados por el Propietario del predio en el cual están emplazados.
Los muros privativos contiguos a predios linderos no deben contener conductos en su espesor. Sin embargo puede instalarse tubería para agua corriente, gas electricidad y calefacción siempre que:
Se embutan en canaletas de no más de 0,05 m de profundidad y no rebasen la mitad del espesor del muro.
La tubería se coloca al fabricarse el muro.
En los muros privativos contiguos a predios linderos no pueden ejecutarse cortes, rebajos o canaletas después de construidos.
Un muro privativo puede ejecutarse de 0,15 m de espesor en ladrillos macizos comunes. Debe cumplir con los siguientes requisitos:


  1. Tener una resistencia a la rotura o al pandeo no menor de 20 Kg/c referida a la sección transversal total del muro.




  1. Tener una resistencia al impacto de una carga de 50 Kg. como mínimo, aplicada en caída libre, desde una altura de 1,00 m en el medio de sus luces reales.




  1. Tener una conductibilidad térmica no mayor de K=1,95.




  1. Tener una absorción sonora o amortiguación acústica no inferior a 40 db.




  1. Tener una resistencia al paso del fuego similar a la de un muro de ladrillos macizos comunes de 0,15 m de espesor revocado en los dos paramentos.




  1. Tener una protección hidrófuga adecuada.




  1. Dicho muro es de simple cerramiento existiendo por lo tanto una estructura independiente.

La estructura independiente por ser muro de simple cerramiento no tendrá sus columnas alejadas a más de 7,00 m de distancia y 4,50 m de h.


El Propietario que edifique en un predio lindero a otro que tiene un muro privativo construido de a cuerdo con el presente artículo, debe asegurar la estas quedad de la junta entre muros y evitar los efectos de la humedad.
5.9. DE LOS REVOQUES Y REVESTIMIENTOS
5.9.1.0. Revoques de muros
5.9.1.1. Obligación de revocar
Es obligatorio el revoque exterior e interior de un muro existente cuando se solicite permiso para erigir, reparar, modificar, ampliar o transformar un edificio, como asimismo el revoque exterior de muros existentes en las manzanas inmediatas a plazas parques y paseos públicos. El D.E. determinará los plazos para el cumplimiento de esta última obligación.
5.9.1.2. Revoques exteriores
El revoque exterior de un muro se ejecutara con una capa o jaharro aplicada directamente al paramento y cubierto con un enlucido resistente a la intemperie. La proporción de las mezclas serán las que especifiquen los Reglamentos o Normas del caso. Se puede suprimir este revoque exterior siempre que corresponda al estilo arquitectónico y sea aprobado por la Dirección. En estos casos las juntas serán cuidadosamente tomadas y el material del muro será suficiente para protegerlo de la intemperie; si se comprueba insuficiencia en la ejecución, la Dirección en cualquier momento puede fijar un plazo dentro del cual se deben cumplir las exigencias de esta O.R.C.
Las cercas, tanto divisorias como interiores, pueden quedar sin revocar.
5.9.1.3. Revoques interiores
El revoque o enlucido del interior de los locales se ejecutará con las mezclas establecidas en los Reglamentos o Normas del caso. Se puede suprimir este revoque o enlucido siempre que corresponda al estilo arquitectónico o bien el destino del local lo haga innecesario a juicio de la Dirección. En estos casos las juntas serán tomadas y asegurarán buenas condiciones de higienes
5.9.1.4. Coloración de revoques exteriores - Fachada - principal
El acabado superficial de los revoques exteriores en enlucido, pintura o blanqueo, será de tono que no produzca molestias a la vista. En caso de fachada principal, éste debe armonizar con las características de la zona.
5.9.2.0. Revestimientos
5.9.2.1. Revestimientos con ladrillos ornamentales molduras prefabricadas, lajas
Cuando se revista el paramento de un muro o una superficie suspendida con ladrillos ornamentales molduras prefabricadas, cerámicas, lajas o placas de piedra natural o de la llamada piedra reconstituida, se asegurará su fijeza a los muros o estructuras, mediante procedimientos que se someterán en cada caso a consideración de la D.O.P., quien, según la naturaleza del revestimiento puede exigir:


  1. La utilización de trabas o anclajes de metal no corroíble en proporción al área del revestimiento o tamaño de las piezas;




  1. La ejecución en cremallera de los paramentos a revestir;




  1. El empleo de mezclas especiales;




  1. El uso de juntas de-dilatación convenientemente estudiadas;




  1. Todo otro sistema compatible con la seguridad y reglas de arte.

A altura mayores de 2,50 m sobre el solado, la D.O.P. exigirá, además de la mezcla adherente, que los revestimientos sean retenidos mediante anclajes u otro sistema de fijación.


5.9.2..2. Metal desplegado en el revestimiento
El metal desplegado que se use debe ser de malla tal que soporte la mezcla que se le aplique.
La colocación del metal desplegado debe ser realizada conforme a reglas de arte y asegurar su más perfecta estabilidad.
5.9.2.3. Revestimientos con madera en obras incombustibles
La madera puede utilizarse como revestimiento decorativo aplicado a muros y cielorrasos, siempre que el uso del local no esté sujeto a exigencia que la prohíba.
En reemplazo de la madera y en las mismas condiciones de uso que para ésta, pueden emplearse materiales en tablas o placas obtenidas por la industrialización de la fibra de madera, caña prensada o bagazo.
5.9.2.4. Revestimiento con vidrios
La colocación de revestimientos con piezas o placas de vidrio asegurará una perfecta adherencia a los muros evitándose aristas cortantes.
Las dimensiones máximas de las piezas de vidrio que se usen para revestir, serán de:
1,50 si se colocan a menor altura que 2,50 m, medida sobre el solado.

1,00 si se colocan arriba de 2,50 m.


En ambos casos, el lado máximo de la pieza será 1,50 m.
Queda prohibido emplear como revestimiento: piezas, placas de vidrio o mezclas a base de granza de vidrio en la parte inferior de los muros sobre la vía pública, hasta una altura de 2,50 m medida desde el nivel del solado de la acera;

piezas o placas de vidrio en toda superficie fuera de plomo de inclinación menor de 90° respecto de la horizontal.


Estas medidas pueden ser modificadas a solicitud del interesado y previa aprobación de la D.O.P.
Yüklə 1,18 Mb.

Dostları ilə paylaş:
1   ...   8   9   10   11   12   13   14   15   ...   22




Verilənlər bazası müəlliflik hüququ ilə müdafiə olunur ©genderi.org 2024
rəhbərliyinə müraciət

    Ana səhifə